DECRETO 313 2019
Síntesis:
DESIGNA DIRECTORA GENERAL - MARCELA VIVIANA CASABELLA - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO FAMILIAR - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
19/09/2019
Sanción:
18/09/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria
5.960, los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios y 275/19, el Expediente
Electrónico N° 24597213-DGTALAVJG/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose la Dirección General Desarrollo Familiar, bajo la órbita de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 275/19 se aceptó, a partir del día 31 de julio del 2019, la
renuncia presentada por el señor Fernando Agustín Vedoya, DNI N° 33.716.440, CUIL
N° 20-33716440-5, como Director General de la Dirección General Desarrollo Familiar;
Que en consecuencia, quedando vacante el cargo, el señor Vicejefe de Gobierno
propicia la designación, a partir del día 21 de agosto de 2019 de la señora Marcela
Viviana Casabella, DNI N° 11.624.547, CUIT N° 27-11624547-2, como Directora
General de la Dirección General Desarrollo Familiar, dependiente de la Secretaría de
Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9°)
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del día 21 de agosto de 2019, a la señora Marcela
Viviana Casabella, DNI N° 11.624.547, CUIT N° 27-11624547-2, como Directora
General de la Dirección General Desarrollo Familiar, dependiente de la Secretaría de
Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017). Comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto ambas pertenecientes al Ministerio de Economía y
Finanzas y, a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión
Documental y Escribanía General, ambas dependientes de la Secretaría Legal y
Técnica. Para su conocimiento y demás efectos remítase a la General Técnica
Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno y a la Dirección General
Desarrollo Familiar. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel