RESOLUCIÓN 865 2019 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APRUEBAN AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA  - PARTIDOS POLÍTICOS Y ALIANZAS ELECTORALES - ELECCIONES GENERALES - 27 DE OCTUBRE DEL 2019 - INSTRUYE A LA DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL - SORTEO INICIAL - CATEGORÍA MIEMBROS DE LAS JUNTAS COMUNALES

Publicación:

19/09/2019

Sanción:

16/09/2019

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros 268, 5460, su modificatoria 5.960 (textos consolidados por Ley

N° 6.017), los Decretos Nros. 391/GCABA/18 y 150/GCABA/19, y el Expediente

Electrónico N° 2019-21235209-GCABA-DGELECT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N°150/GCABA/19 se convocó al electorado de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires a elecciones Generales para que el día 27 de Octubre de

2019 procedan a la selección de candidatos/as a Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno;

treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y diez (10) candidatos/as a

Diputados/as suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; siete (7) candidatos/as a miembros titulares y cuatro (4) suplentes

integrantes de cada una de las quince (15) Juntas Comunales;

Que el Decreto de convocatoria precedentemente enunciado estableció que el

Ministerio de Justicia y Seguridad adoptará las medidas que fueran necesarias para la

organización y realización de los comicios convocados por el presente y suscribirá los

convenios que fueren útiles a ese efecto; ejerciendo todas las tareas tendientes a la

efectiva organización y realización de los comicios;

Que en la línea descripta, facultó al Ministerio de Justicia y Seguridad a dictar las

normas que resulten necesarias de acuerdo a su competencia a fin de administrar,

liquidar, distribuir y asignar el aporte público para el financiamiento de la campaña

electoral de las agrupaciones políticas y la distribución de los espacios de publicidad

en la vía pública, que se llevará a cabo a través de la Dirección General Electoral de la

Subsecretaría de Justicia de este Ministerio;

Que conforme Ley N° 5.460 (texto consolidado Ley N° 6017) y su modificatoria Ley N°

5960, es competencia del Ministerio de Justicia y Seguridad organizar las estructuras

de asistencia técnica, ejecución de la convocatoria electoral y el financiamiento de los

Partidos Políticos en el ámbito de la Ciudad;

Que la Ley N° 268 (texto consolidado Ley N° 6017) establece en su artículo 6°, que el

Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los Partidos Políticos, Confederaciones y

Alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en las pantallas de la

vía pública que estén a su disposición, los que se distribuirán respetando criterios de

equidad en cuanto a su ubicación;

Que mediante Oficio N° 139/19 el Tribunal Superior de Justicia comunicó la Acordada

Electoral N° 8/19 mediante la cual declaró la validez de la elección del día 11 de

agosto del 2019 e informó las Agrupaciones Políticas que se encuentran en

condiciones de competir en las próximas elecciones generales del 27 de octubre de

2019, siendo un total de cuatro (4) Alianzas Electorales para la categoría Jefe/a y

Vicejefe/a de gobierno; un (1) Partido Político y cuatro (4) Alianzas Electorales, para la

categoría de Diputados/as de la Ciudad; y de cuatro (4) Alianzas Electorales para la

categoría de Miembros de las Juntas Comunales en las Comunas Nros 1, 3, 4, 5, 7, 12

y 13 y de un (1) Partido Político y cuatro (4) Alianzas Electorales en las Comunas

Nros. 2, 6, 8, 9, 10, 11, 14 y 15;

Que posteriormente mediante Oficio N° 142/19 el Tribunal Superior de Justicia

comunicó los Partidos Políticos y Alianzas Electorales que han oficializado listas de

candidatos/as para cada una de las categorías de cargos a elegir, a saber: a) Para la

categoría de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno: Alianza Frente de Izquierda y de

Trabajadores; Alianza Juntos por el Cambio; Alianza Frente de Todos y la Alianza

Consenso Federal; b) Para la categoría Diputados/as de la Ciudad: Partido Unite por la

Libertad y la Dignidad; Alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores; Alianza Juntos

por el Cambio; Alianza Frente de Todos y la Alianza Consenso Federal; c) Para la

categoría Miembros de las Juntas Comunales: Comunas Nros 1, 3, 4, 5, 7, 12 y 13:

Alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores; Alianza Juntos por el Cambio; Alianza

Frente de Todos y la Alianza Consenso Federal; Comuna 2: Partido Demócrata

Cristiano; Alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores; Alianza Juntos por el

Cambio; Alianza Frente de Todos y la Alianza Consenso Federal; Comunas Nros 6, 8,

9, 10, 11, 14 y 15: Partido Unite por la Libertad y la Dignidad; Alianza Frente de

Izquierda y de Trabajadores; Alianza Juntos por el Cambio; Alianza Frente de Todos y

la Alianza Consenso Federal;

Que la Subsecretaría de Comunicación Social ha informado mediante NO-2019-

25844206-GCABA-SSCS, el listado de los espacios de publicidad en la vía pública

para su distribución entre los Partidos Políticos y Alianzas electorales que oficializaron

listas de candidatos/as para las elecciones Generales;

Que en su Informe Técnico IF-2019-28726575-DGELECT, la Dirección General

Electoral procedió a distribuir los referidos espacios de publicidad (CPM -

Carapantallas- y PPL -Transluminados-) con aplicación del criterio de equidad en

cuanto a su ubicación y cantidad, en un número de grupos equivalentes al número de

Partidos Políticos y Alianzas electorales que han oficializado listas de candidatos para

cada una de las categorías de cargos a elegir;

Que por aplicación de los principios de imparcialidad y equidad resulta conveniente la

realización de un sorteo ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad, a los fines

de la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública;

Que mediante IF-2019-28751376-GCABA-DGELECT, se expidió la Dirección General

Electoral de la Subsecretaría de Justicia de la Secretaría de Justicia y Seguridad del

Ministerio de Justicia y Seguridad, órgano competente en la materia;

Que por PV-2019-28763786-GCABA-SSJUS y por PV 2019-28931467-GCABA-

SECJS, la Subsecretaría de Justicia y la Secretaría de Justicia y Seguridad, ambas

dependientes de esta Cartera Ministerial, prestaron conformidad a la presente medida;

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que cabe destacar que mediante el artículo 3° del Decreto N° 391/GCABA/18, se

encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, Señor Diego Cesar

Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y

Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 (texto consolidado

según Ley 6.017), y su modificatoria Ley N° 5960, el Decreto N° 150/GCABA/19 y el

artículo 3° del Decreto N° 391/GCABA/18,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública

realizados por la Dirección General Electoral que serán asignados a los Partidos

Políticos y Alianzas electorales que oficializaron listas de candidatos/as para las

elecciones Generales a celebrarse el día 27 de Octubre del 2019, mediante sorteo

público, conforme el detalle que como IF N° 2019-28749259-DGELECT, forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que proceda a realizar un

sorteo inicial, a fin de determinar, el orden de las Agrupaciones Políticas, por el cual se

les asignará un número del uno (1) al seis (6) a los Partidos Políticos y Alianzas

electorales que han oficializado listas de candidatos/as para alguna de las tres (3)

categorías de cargos a elegir de las próximas elecciones Generales a celebrarse el día

27 de Octubre del 2019.

Artículo 3°.- Una vez determinado el orden establecido en el artículo 2° de la presente

Resolución, se realizará un primer sorteo para la categoría Jefe/a y Vicejefe/a de

Gobierno. Participarán del primer sorteo cuatro (4) Alianzas Electorales. Se procederá

a la extracción de las cuatro (4) bolillas las que se corresponderán a cada uno de los

paquetes de publicidad en la vía pública, que serán asignadas a las mismas de

acuerdo al orden determinado precedentemente, quedando todo ello asentado en el

acta notarial respectiva. Posteriormente se realizará un segundo sorteo para la

categoría Diputados/as de la Ciudad. Participarán del segundo sorteo cuatro (4)

Alianzas Electorales y un (1) Partido Político. Se procederá a la extracción de las cinco

(5) bolillas las que se corresponderán a cada uno de los paquetes de publicidad en la

vía pública, que serán asignadas a las mismas de acuerdo al orden determinado

precedentemente, quedando todo ello asentado en el acta notarial respectiva.

Artículo 4°.- En relación a la Categoría Miembros de las Juntas Comunales, se

procederá a realizar tres (3) sorteos de asignación de los paquetes de espacios de

publicidad en la vía pública, teniendo en consideración, las Comunas, en que cada

Partido Político y/o Alianza electoral, han oficializado listas de candidatos/as. Los tres

(3) sorteos, corresponderán a los siguientes Grupos de Comunas, a saber, Grupo uno

(1) Comunas Nros. 1, 3, 4, 5, 7, 12 y 13; Grupo dos (2) Comuna N° 2 y en el Grupo

tres (3) Comunas Nros. 6, 8, 9, 10, 11, 14 y 15. En el Grupo uno (1) participarán cuatro

(4) Agrupaciones Políticas, en el Grupo dos (2) participarán cinco (5) Agrupaciones

Políticas y en el Grupo tres (3) participarán cinco (5) Agrupaciones Políticas. El orden

de los Partidos Políticos y Alianzas electorales, será el mismo que el establecido en el

artículo 2° de la presente Resolución. Se procederá a la extracción de las bolillas las

que se corresponderán a cada uno de los paquetes de publicidad, en atención a cada

Grupo de Comunas, que serán asignadas a las Agrupaciones Políticas de acuerdo al

orden determinado precedentemente, quedando todo ello asentado en el acta notarial

respectiva.

Artículo 5°.- El sorteo se realizará ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad

de Buenos en la sede del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Av.

Regimiento de Patricios N° 1142, piso 4°, a las 11.30 horas del día viernes 20 de

septiembre de 2019.

Artículo 6°.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que, una vez efectuado el

sorteo en el horario y día mencionado en el artículo quinto, proceda a publicar en el

sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad, los paquetes de espacio de publicidad en la

vía pública asignados, con identificación del número de grupo, cantidad, tipo y

ubicación de los mismos y el método de distribución utilizado para su determinación.

Artículo 7°.- Instrúyase a la Dirección General Electoral a fin de que proceda a notificar

los paquetes de espacios de publicidad en vía pública asignados a cada Partido

Político y Alianza electoral, con identificación del número, cantidad, tipo, ubicación de

los mismos y la metodología utilizada.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Justicia de la Secretaría de Justicia y Seguridad y

pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Electoral.

Cumplido, archívese. Santilli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5703

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 865-MJYSGC/19 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública realizados por la Dirección General Electoral que serán asignados a los Partidos Políticos y Alianzas electorales que oficializaron listas de candidatos/as para las elecciones Generales a celebrarse el día 27 de Octubre del 2019, convocadas por Decreto 150/19.</p>