DECRETO 320 2019
Síntesis:
DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - INTERPUESTO EN SUBSIDIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - TÉRMINOS RESOLUCIÓN 688-MJYSGC-14 - ALBERTO JAVIER BENÍTEZ - OFICIAL - POLICÍA METROPOLITANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
25/09/2019
Sanción:
23/09/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto
consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/18, la Disposición N°
11/DGARHPM/15, las Resoluciones Nros. 688-MJYSGC/14 y 966-MJYSGC/15, y el
Expediente Electrónico N° 14787548-MGEYA-SII/2014, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico en subsidio del de
reconsideración interpuesto por el Oficial Primero Alberto Javier Benítez (DNI N°
28.969.191- LP 5247), contra la Resolución N° 688-MJYSGC/2014, que lo designara
en la Policía Metropolitana con el grado de Oficial;
Que, mediante Disposición N° 11/DGARHPM/15 la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana desestimó la
presentación aludida;
Que, por Resolución N° 966-MJYSGC/2015 el titular del Ministerio de Justicia y
Seguridad ratificó la Disposición N° 11/DGARHPM/15 y desestimó el recurso de
reconsideración interpuesto por el Sr. Alberto Javier Benítez, siendo notificado el
interesado de tal extremo;
Que, con fecha 2 de noviembre de 2017 se notificó al recurrente el arribo de los
actuados a esta Instancia y su posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del
recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración dentro del plazo de 5
(cinco) días, conforme los términos del actual artículo. N° 111 in fine de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado
los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por
reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución N° 966-
MJYSGC/2015 que sirvieron de base para rechazar el recurso de reconsideración
deducido;
Que, a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la
Procuración General mediante el Dictamen Jurídico N° IF-2017-29227722-DGEMPP,
corresponde el rechazo del recurso incoado;
Que, por el Artículo 3° del Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem,
al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para
conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los
objetivos asignados al mismo.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del recurso de
reconsideración, interpuesto por el Oficial Primero Alberto Javier Benítez (DNI N°
28.969.191- LP 5247), contra la Resolución N° 688/MJYSGC/14.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Vicejefe de Gobierno (Decreto
N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado en los términos del Capítulo IV de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el
presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer
recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto
consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Santilli p/p - Miguel