DECRETO 323 2019
Síntesis:
DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN 855-MJYSGC-15 - DIEGO MARTÍN ALVAREZ - BAJA OBLIGATORIA - POLICÍA METROPOLITANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
25/09/2019
Sanción:
23/09/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones Nros. N°
955/MJYSGC/15 y 290/MJYSGC/17, los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2018-
04631342-MGEYA-JPCDAD,
EX-2014-15176779-MGEYA-SICYPDP, EX-2015-
37274654-MGEYA-DGALPM, EX-2016-27685780-MGEYA-DGARHS, y EX-2017-
04944829-MGEYA-DGTALMJYS, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de
reconsideración que fuera oportunamente interpuesto por el señor Diego Martín
Álvarez contra la Resolución N° 955/MJYSGC/15, que resolvió disponer su baja
obligatoria de la Policía Metropolitana en virtud de lo normado por el artículo 50 inc. d)
de la entonces vigente Ley N° 2947;
Que, por Resolución N° 290/MJYSGC/17, el entonces titular del Ministerio de Justicia y
Seguridad, desestimó el recurso de reconsideración articulado por el señor Diego
Martín Álvarez, de conformidad con los fundamentos allí expuestos;
Que el 2 de febrero de 2018, el señor Diego Martín Álvarez presentó un informe
(OFJUD-2018-04631985-JPCDAD) incorporada a orden 3 del EX-2018-04631342-
MGEYA-JPCDAD, el que fue analizado por la Junta de Reconocimientos Médicos
ratificando que el causante no reunía las aptitudes físicas necesarias que la función
policial requiere;
Que los dictámenes emitidos por la Junta Médica, revisten el carácter de informes
técnicos que merecen plena fe, siempre que sean suficientemente serios, precisos y
razonables, no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de
juicio que destruyan su valor;
Que con fecha 01 de abril de 2019 se le notificó la posibilidad de mejorar los
fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días,
conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad de Buenos Aires;
Que cumplido el plazo legal citado, el señor Diego Martín Álvarez no hizo ejercicio del
derecho que le asiste;
Que en mérito a ello, lo dictaminado por la Procuración General (IF-2018-31531720-
DGEMPP), y no aportando el interesado otro elemento que permitan conmover la
decisión adoptada, corresponde tener por reproducidos los fundamentos fácticos y
jurídicos plasmados en la Resolución N° 290/MJYSGC/2017 que sirvieron de base
para rechazar el recurso de reconsideración deducido;
Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de
reconsideración que fuera interpuesto oportunamente por el Sr. Diego Martin Álvarez
(DNI N° 28.105.482) contra la Resolución N° 955/MJYSGC/15.
Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno
(Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al Sr. Diego Martin Álvarez (DNI N° 28.105.482), dejando constancia que el presente
acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso
de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley
N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel