RESOLUCIÓN 1057 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYEN - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS DE ARTERIAS - CONCEPCIÓN ARENAL - GIRARDOT HASTA AVENIDA WARNES - SANTOS DUMONT - WARNES HASTA GIRARDOT
Publicación:
26/09/2019
Sanción:
29/08/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Resolución N° 201-SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-26372337- -
GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la apertura de los nuevos cruces con motivo de la construcción del
Viaducto elevado FFCC San Martín, se ha estudiado el nuevo sentido circulatorio de
varias arterias permitiendo la continuidad de la malla y la integración de las vialidades
en el Barrio de Chacarita;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de asignarle sentido único de circulación a las siguientes
arterias: Concepción Arenal, desde Girardot hasta Av. Warnes de NE a SO; y Santos
Dumont, desde la Av. Warnes hasta la calle Girardot de SO a NE;
Que la medida fue adoptada teniendo en cuenta en priorizar el reordenamiento del
tránsito, contribuyendo a la fluidez del mismo, para que todos los vecinos puedan
movilizarse de manera segura y ordenada en la Ciudad;
Que se contempla la demanda de estacionamiento en el lugar, quedando habilitado
junto al cordón de ambas aceras según el sentido de circulación, durante las 24 horas,
en las calles: Concepción Arenal, desde Girardot hasta Av. Warnes; y Santos Dumont,
desde la Av. Warnes hasta la calle Girardot;
Que mediante Resolución 201-SECTRANS/16 se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las
anteriormente expuestas.
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas,
Artículo 1°.- Inclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias:
Concepción Arenal, desde Girardot hasta Av. Warnes de NE a SO. Santos Dumont,
desde la Av. Warnes hasta la calle Girardot de SO a NE.
Artículo 2°.- Permítase, con carácter experimental y por el termino de 90 días
contados, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el estacionamiento
general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de las siguientes calles:
Concepción Arenal, desde Girardot hasta Av. Warnes. Santos Dumont, desde la Av.
Warnes hasta la calle Girardot
Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y del Ordenamiento del
Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte, de Señalización Vial, de Sistemas Inteligentes del Tránsito y de Movilidad
Urbana. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte para los fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi