DECRETO 487 1997

Síntesis:

PROMULGA ORDENANZA N° 51.512

Publicación:

13/05/1997

Sanción:

24/04/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por la cláusula transitoria vigesimotercera de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ordenanza N° 51.512, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 17 de abril del año en curso; dése al Registro; gírese copia a la Dirección General Legislativa del Concejo Deliberante por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, de Convenios de Asistencia Financiera, de Crédito Público, de Tesorería y de Contaduría General.

El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

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