RESOLUCIÓN 1132 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYEN TRAMOS DE ARTERIAS - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER EXPERIMENTAL - ZAÑARTÚ - ENTRE JOSÉ MARÍA MORENO Y MITRE - SARAZA - ENTRE AV. CASTAÑARES Y AV. JOSÉ MARÍA MORENO - BARRIO DE PARQUE CHACABUCO - CAMBIO DE RECORRIDO - LÍNEA DE AUTOTRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS 133 - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
09/10/2019
Sanción:
09/09/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Ley N° 2148 (texto consolidado según Ley N° 6017), la Resolución N° 201-
SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-27787582- -GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, ha estudiado el comportamiento circulatorio
de la calle Zañartú y Saraza, del Barrio de Parque Chacabuco;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles en la zona, se
comprobó la necesidad de asignarles sentido único de circulación, a los siguientes
tramos de arterias, ya que actualmente funciona con doble sentido de circulación:
Zañartú, entre la Av. José María Moreno y la calle Miró de NE a SO; y Saraza, entre la
Av. Castañares y la Av. José María Moreno de SO a NE;
Que el estacionamiento estará prohibido junto al cordón de la acera izquierda en la
calle Zañartu y permitido junto al cordón de ambas aceras en la calle Saraza durante
las 24 horas en el tramo de arteria mencionado en el punto anterior;
Que resulta necesario el cambio de recorrido de la línea de autotransporte público de
pasajeros N° 133;
Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delego a esta Subsecretaria de
Transito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta;
Por ello, en virtud de las facultades delegadas por la Resolución N.° 201-
SECTRANS/19,
Articulo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria:
Zañartú, entre la Av. José María Moreno y la calle Miró de NE a SO
Saraza, entre la Av. Castañares y la Av. José María Moreno de SO a NE.
Artículo 2°.- Permítase, con carácter experimental y por el termino de 90 días
contados, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el estacionamiento
general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda en la calle Saraza desde la
Av. Castañares hasta la Av. José María Moreno.
Artículo 3°.- Autorízase provisoriamente a la línea de autotransporte público de
pasajeros N° 133 a modificar su recorrido, a partir de la materialización del cambio de
sentido circulatorio de la calle Zañartú autorizado por la presente Resolución, "ad
referéndum" de lo que disponga la Secretaría de Gestión de Transporte dependiente
del Ministerio de Transporte de la Nación, según el siguiente detalle:
Línea N° 133
Ida a Florida Provincia de Buenos Aires: sin modificación. Regreso a Barracas: por su
ruta, Av. Rivadavia, Av. Carabobo, Av. Corea, Av. Cobo, Av. Caseros, su ruta.
Artículo 4°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica) que proyectará la
Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Secretaría de Gestión de Transporte dependiente del Ministerio de Transporte de la
Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las Cámaras
representativas de las líneas de autotransporte público de pasajeros involucradas, al
Ente Regulador de la Ciudad, Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a la
Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las
Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y Transporte y Sistemas
Inteligentes de Transito y de Movilidad Urbana. Cumplido, remítase a la Gerencia
Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines propuestos en el
artículo anterior. Galuzzi