RESOLUCIÓN 7404 2019 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 3385-MCGC-19 - INCORPORA ARTÍCULO 75 BIS - PATROCINADOR/ES PROVEEDOR-ES - REGLAMENTO GENERAL DEL RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

16/10/2019

Sanción:

04/10/2019

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: Las Leyes N° 2.264 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.026, su Decreto

Reglamentario N° 155/2019, las Resoluciones N° 3385-MCGC/2019 y N° 5798-

MCGC/19, el Expediente Electrónico N° 2019-13824460-GCABA-DGTALMC y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.026 creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada para el

financiamiento de proyectos culturales y estableció al Ministerio de Cultura como su

autoridad de aplicación;

Que los artículos 13° y 14° de la referida Ley establecen que no podrán ser

patrocinadores de proyectos culturales quienes se encuentren vinculados con los

beneficiarios titulares de proyectos culturales aprobados en el marco del Régimen,

entendiendo por ello cuando el patrocinador sea fundador, administrador, socio,

proveedor, empleado y/o empleador del beneficiario;

Que el Decreto N° 155/2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 6.026 y facultó al

Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para la aplicación de

dicha reglamentación;

Que la Resolución N° 3385-MCGC/2019 aprobó el "Reglamento General del Régimen

de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires" identificado bajo el informe N°

IF 2019- 15169331- GCABADGTALMC, y los Anexos requeridos para la presentación

de solicitudes de inclusión al Régimen;

Que con el objetivo de favorecer y fomentar la cultura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y en atención a la facultad conferida por la citada normativa, este

Ministerio propicia la aprobación de la presente norma complementaria y aclaratoria

del artículo 14° de la Ley N° 6.026, a fin de garantizar la seguridad jurídica en la

implementación del Régimen de Participación Cultural;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 6.026 y el Decreto N°

155/2019,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorpórase al Anexo I (identificado bajo N° IF-2019-15169331-GCABA-

DGTALMC) de la Resolución N° 3.385-MCGC/2019 el artículo 75° bis, que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 75° bis.- Patrocinador/es proveedor/es. No

habrá vinculación en los términos de lo establecido en el artículo 14° de la Ley N°

6.026 entre el beneficiario y el patrocinador cuando este último sea proveedor del

primero respecto de bienes y/o servicios de consumo masivo".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 7.404-MCGC/19 incorpora al Anexo I de la Resolución N° 3.385-MCGC/2019 el artículo 75° bis.</p>