RESOLUCIÓN 7404 2019 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 3385-MCGC-19 - INCORPORA ARTÍCULO 75 BIS - PATROCINADOR/ES PROVEEDOR-ES - REGLAMENTO GENERAL DEL RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
16/10/2019
Sanción:
04/10/2019
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: Las Leyes N° 2.264 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.026, su Decreto
Reglamentario N° 155/2019, las Resoluciones N° 3385-MCGC/2019 y N° 5798-
MCGC/19, el Expediente Electrónico N° 2019-13824460-GCABA-DGTALMC y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.026 creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada para el
financiamiento de proyectos culturales y estableció al Ministerio de Cultura como su
autoridad de aplicación;
Que los artículos 13° y 14° de la referida Ley establecen que no podrán ser
patrocinadores de proyectos culturales quienes se encuentren vinculados con los
beneficiarios titulares de proyectos culturales aprobados en el marco del Régimen,
entendiendo por ello cuando el patrocinador sea fundador, administrador, socio,
proveedor, empleado y/o empleador del beneficiario;
Que el Decreto N° 155/2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 6.026 y facultó al
Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para la aplicación de
dicha reglamentación;
Que la Resolución N° 3385-MCGC/2019 aprobó el "Reglamento General del Régimen
de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires" identificado bajo el informe N°
IF 2019- 15169331- GCABADGTALMC, y los Anexos requeridos para la presentación
de solicitudes de inclusión al Régimen;
Que con el objetivo de favorecer y fomentar la cultura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y en atención a la facultad conferida por la citada normativa, este
Ministerio propicia la aprobación de la presente norma complementaria y aclaratoria
del artículo 14° de la Ley N° 6.026, a fin de garantizar la seguridad jurídica en la
implementación del Régimen de Participación Cultural;
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 6.026 y el Decreto N°
155/2019,
Artículo 1°.- Incorpórase al Anexo I (identificado bajo N° IF-2019-15169331-GCABA-
DGTALMC) de la Resolución N° 3.385-MCGC/2019 el artículo 75° bis, que quedará
redactado de la siguiente manera: "Artículo 75° bis.- Patrocinador/es proveedor/es. No
habrá vinculación en los términos de lo establecido en el artículo 14° de la Ley N°
6.026 entre el beneficiario y el patrocinador cuando este último sea proveedor del
primero respecto de bienes y/o servicios de consumo masivo".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de
Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro