DECRETO 358 2019
Síntesis:
SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES HOSPITAL MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ - CREA A UNIDAD CUIDADOS INTENSIVOS OBSTÉTRICOS - DIVISIÓN ÁREA DE URGENCIA - DIRECCIÓN MÉDICA - UNIDAD COORDINACIÓN ARANCELAMIENTO - CONSULTORIOS EXTERNOS MATUTINO - VESPERTINO - PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN - ANESTESIA - DIVISIÓN ÁREA DE URGENCIA - CUIDADOS INTENSIVOS OBSTÉTRICOS - SERVICIO SOCIAL - TOCOGINECOLOGÍA - PSICOPATOLOGÍA Y SALUD MENTAL - ODONTOLOGÍA - RADIODIAGNÓSTICO - DROGUERÍA - ESTERILIZACIÓN - HEMOTERAPIA - FARMACIA - ANÁLISIS CLÍNICOS - HEMATOLOGÍA E INMUNO QUÍMICA - MICROBIOLOGÍA - BIOQUÍMICA - HEMOCITOLOGÍA - CONSULTORIOS EXTERNOS SERVICIO SOCIAL - ALIMENTACIÓN - LACTANCIA MATERNA - SUBDIRECCIÓN MÉDICA - NEONATOLOGÍA - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
17/10/2019
Sanción:
15/10/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, los
Decretos Nros 5.164/83 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 27327009 -
GCABA - DGAYDRYH / 19 y,
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los
Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Salud;
Que mediante Decreto N° 5.164/83 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá";
Que la experiencia en la gestión de gobierno, da cuenta que es necesario realizar
modificaciones en la estructura organizativa del Hospital Materno Infantil "Ramón
Sardá" a fin de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo y una mayor eficiencia
de sus competencias;
Que en ese sentido, se propicia la creación de la Unidad Cuidados Intensivos
Obstétricos dependiente de la División Área de Urgencia de la Subdirección Médica
del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de octubre, la estructura orgánico funcional del
Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", quedando modificado parcialmente el
Decreto N° 5.164/83 y modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF -
2019 - 30645976 - GCABA - MSGC) y II (Responsabilidades primarias y Descripción
de acciones) (IF - 2019 - 30643421 - GCABA - MSGC - 2019), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. - Créase la Unidad Cuidados Intensivos Obstétricos dependiente de la
División Área de Urgencia de la Subdirección Médica del Hospital Materno Infantil
"Ramón Sardá.
Artículo 3°. La Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos dependiente de la Subsecretaría del Sistema de Salud del Ministerio de
Salud deberá informar, en un plazo de 30 (treinta) días a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la asignación de la
dotación de la Jefatura de Unidad en virtud de lo establecido en el artículo 1 del
presente Decreto.
Artículo 4°. El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 5°. - El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el
señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del
Ministerio de Economía y Finanzas, al Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", y para
su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Mura - Miguel