DISPOSICIÓN 51 2019 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO - CHARLAS - CONOCIENDO A MI CLIENTE PROPUESTA DE VALOR - PETER SONDEREGGER - CREATIVIDAD E INNOVACIÓN APLICADA A LOS NEGOCIOS - ERNESTO SALSE - SE APRUEBA - CHARLA - EL ÉXITO DE FRACASAR - INSCRIPCION ONLINE -DEMIAN STERMAN - DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
Publicación:
18/10/2019
Sanción:
08/10/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
VISTO: Ley N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960; el Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio N° 194/GCABA/19, la
Resolución N° 86/SSDECO/19, la Disposición N° 15/DGEMPRE/19 y el Expediente
Electrónico N° 20.153.967/SSDECO/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley
N° 5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de Economía y Finanzas;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico
Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
bajo la órbita del referido Ministerio a la Subsecretaría de Desarrollo Económico,
estableciendo entre sus responsabilidades primarias la de: "Entender en el desarrollo y
promoción del ecosistema emprendedor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",
entre otras;
Que por el Decreto N° 194/19, se creó la Dirección General Emprendedores
dependiente de la referida Subsecretaría estableciéndose entre las responsabilidades
primarias las de: "Diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires", "Facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora", "Administrar y supervisar las actividades que se
desarrollen en el Centro Metropolitano de Diseño (CMD)";
Que la Gerencia Operativa Desarrollo Emprendedor, dependiente de la Dirección
General Emprendedores, conforme surge del Decreto de referencia, tiene entre sus
responsabilidades primarias la de: "Articular acciones con otros organismos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidades empresarias, organizaciones no
gubernamentales, universidades y empresas, y participar en ferias, congresos,
seminarios de la temática emprendedora, en coordinación con las áreas competentes",
entre otras;
Que, es de suma importancia promover y difundir la práctica y la cultura
emprendedora a fin de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social;
Que en atención a ello, por Resolución N° 86/SSDECO/19 se aprobó la realización del
Ciclo de Encuentros denominado "Conexión emprendedora", una serie de charlas
relacionadas a la temática emprendedora, dirigida al público general y al ecosistema
emprendedor, con entrada libre y gratuita;
Que por el Artículo 2° de la citada resolución se delegó en la Dirección General de
Emprendedores, el dictado de las normas instrumentales, interpretativas y
complementarias y todo acto administrativo que fuera menester para la
implementación la actividad de referencia;
Que asimismo, en el Anexo I de la mencionada norma, se estableció que esta
Dirección General Emprendedores dictará el acto administrativo aprobando el
cronograma de charlas para los meses sucesivos y que podrá modificar las fechas y
sedes de las actividades que forman parte del ciclo de Encuentros denominado
"Conexión emprendedora";
Que en atención a lo expuesto, a través de la Disposición N° 15/DGEMPRE/19, se
modificó la fecha de la charla "Tecnología y Comercio Electrónico" al día 8 de agosto
de 2019 de 18 a 20 hs en Posta 4789, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se aprobó
la realización del Segundo Ciclo de Encuentros denominado "Conexión
emprendedora";
Que en el Anexo I de la mencionada Disposición, se aprobó el cronograma de charlas
para los meses de agosto, septiembre y octubre, contemplándose las siguientes para
el mes de octubre: "Conociendo a mi cliente: Propuesta de Valor" a cargo del orador,
Peter Sonderegger, el día 9 de octubre del corriente, a las 18.30 horas, en Esmeralda
950 de ésta Ciudad y la denominada "Creatividad e Innovación aplicada a los
negocios", a cargo de Enesto Salse, el día 31 de octubre del corriente a las 18.30
horas en Pres. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 698 CABA, con entrada libre y gratuita;
Que a través del Informe N° 31095620-DGEMPRE-2019, la Gerencia Operativa
Desarrollo Emprendedor de ésta Dirección General, comunicó que por cuestiones
relativas a disponibilidad de espacio de las sedes donde se desarrollarían las charlas
asi como por cuestiones relativas a disponibilidad de los oradores, recomiendan dejar
sin efectos las citadas actividades;
Que asimismo, a través del informe de referencia la citada Gerencia Operativa
recomendó la aprobación de una nueva charla, denominada "El éxito de fracasar", a
cargo del expositor Demian Sterman, la que tendrá lugar el día 29 de octubre de 2019
en el espacio Work INN, ubicado en Pres. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 698 CABA,
con entrada libre y gratuita.
Que, por todo lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la resolución N° 86/SSDECO/19,
Artículo 1°.- Déjense sin efecto las charlas "Conociendo a mi cliente: Propuesta de
Valor" a cargo del orador, Peter Sonderegger, prevista para el dia el día 9 de octubre
del corriente, a las 18.30 horas, en Esmeralda 950 de ésta Ciudad y la charla
denominada "Creatividad e Innovación aplicada a los negocios", a cargo de Enesto
Salse, prevista para el día 31 de octubre del corriente a las 18.30 horas en Pres. Tte.
Gral. Juan Domingo Perón 698 CABA.
Artículo 2°.- Apuébase la charla denominada "El éxito de fracasar", a cargo del
expositor Demian Sterman, la que tendrá lugar el día 29 de octubre de 2019 en el
espacio Work INN, ubicado en Pres. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 698 CABA, con
entrada libre y gratuita.
Artículo 3°.- Determínese que los interesados en participar de la charla deberán
inscribirse a través del siguiente link: https://www.buenosaires.gob.ar/emprendedores,
desde la publicación de la presente norma en el Boletín Oficial.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas y a
la Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Córica