RESOLUCIÓN 1318 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

SE INCLUYE - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER TRANSITORIO - PROHÍBE ESTACIONAMIENTO - CONDE ENTRE CONCEPCIÓN ARENAL Y AVENIDA DORREGO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - MANO ÚNICA - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR

Publicación:

24/10/2019

Sanción:

07/10/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO: la Resolución N° 201/SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-25393886- -

GCABA-DGTYTRA, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados, y con la construcción de la plaza Clemente, se ha

estudiado el comportamiento circulatorio de la calle Conde del Barrio de Colegiales;

Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles en la zona, se

comprobó la necesidad de asignarle sentido único de circulación, al tramo de Conde

entre la calle Concepción Arenal y la Av. Dorrego de NO a SE, ya que actualmente

funciona con doble sentido de circulación;

Que, el estacionamiento, estará prohibido junto al cordón de ambas aceras durante las

24 hs. en el tramo de arteria mencionado en el punto;

Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de

Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas

con la anteriormente expuesta.

Por ello, y en virtud de las facultades que delegadas por la Resolución citada en el

Visto;

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al tramo de la calle Conde, entre la calle

Concepción Arenal y la Av. Dorrego de NO a SE.

Artículo 2°.- Prohíbase, con carácter experimental y por el termino de 90 días, el

estacionamiento general de vehículos junto al cordón de ambas aceras, en la calle

Conde entre la calle Concepción Arenal y la Av. Dorrego.

Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Dirección

General de Tránsito y Transporte.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la

Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a la Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de

Ordenamiento del Tránsito y Transporte y Sistemas Inteligentes de Transito. Cumplido,

remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los

fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1318-SSTYTRA/19 incluye con carácter experimental y por el término de 90 días, en las<br />disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 al tramo de la calle Conde, entre la calle Concepción Arenal y la Av. Dorrego de NO a SE.</p>