RESOLUCIÓN 1320 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

REORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - INVIERTE EN LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - TRAMO DE OSORIO DESDE AV. WARNES HASTA ÁVALOS - EXLUYE CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS DE ARTERIAS -   AV WARNES DESDE LA AV. GARMENDIA HASTA LA CALLE OSORIO - AV. GARMENDIA DESDE LA AV WARNES HASTA LA CALLE AVALOS - YERUÁ - CONSTRUCCIÓN DEL VIADUCTO ELEVADO FFCC SAN MARTIN - BARRIO DE CHACARITA - AUTORIZA PROVISORIAMENTE A LAS LÍNEAS DE AUTOTRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS 44 47 Y 63 A MODIFICAR SUS RECORRIDO - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - MANO ÚNICA

Publicación:

24/10/2019

Sanción:

08/10/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO: la Resolución N.° 201-SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-26359867- -

GCABA-DGTYTRA, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados y a partir de la apertura de los nuevos cruces con

motivo de la construcción del Viaducto elevado FFCC San Martin, se ha estudiado el

nuevo sentido circulatorio de varias arterias permitiendo la continuidad de la malla y la

integración de las vialidades en el Barrio de Chacarita;

Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, con la

apertura del paso bajo el Viaducto, se detectó la necesidad de re asignar sentidos de

circulación a varias arterias: inversión de la calle Osorio desde la Av. Warnes hasta la

calle Avalos de SO a NE; doble sentido circulatorio a la Av. Warnes desde la Av.

Garmendia hasta la calle Avalos y la Av. Garmendia desde la Av. Warnes hasta la

calle Avalos; y sentido único de circulación a la calle Yeruá desde la Av. Warnes hasta

la calle Avalos de SO a NE;

Que, la medida fue adoptada teniendo en cuenta en priorizar el reordenamiento del

tránsito, contribuyendo a la fluidez del mismo, para que todos los vecinos puedan

movilizarse de manera segura y ordenada en la Ciudad;

Que, se contempla la demanda de estacionamiento en el lugar, quedando habilitado

junto al cordón de ambas aceras según el sentido de circulación, en la calle Yeruá

desde la Av. Warnes hasta la calle Avalos y las demás arterias conforme a Código

durante las 24:00 horas;

Que, se procederá a la modificación de los recorridos de las Líneas 44, 47 y 63 de

Transporte Público de pasajeros;

Que, mediante Resolución N.° 201-SECTRANS/16, se delegó a esta Subsecretaria de

Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las

anteriormente expuestas.

Por ello, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución citada;

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al tramo de Osorio, desde la Av. Warnes

hasta la calle Avalos de SO a NE.

Artículo 2°.- Exclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias:

Av. Warnes desde la Av. Garmendia hasta la calle Osorio;

Av. Garmendia desde la Av. Warnes hasta la calle Avalos.

Artículo 3°.- Inclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al tramo de Yeruá, desde la Av. Warnes

hasta la calle Avalos de SO a NE.

Artículo 4°.- Permítase, con carácter experimental y por el termino de 90 días

contados, según el sentido de circulación durante las 24 horas, el estacionamiento

general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de la calle Yeruá desde la

Av. Warnes hasta la calle Avalos.

Artículo 5°.- Autorizase provisoriamente a las líneas de autotransporte público de

pasajeros N° 44, 47, y 63 a modificar sus recorrido a partir de la materialización del

cambio de sentido circulatorio de la calle Osorio desde la Av. Warnes hasta la Av.

Garmendia y de la asignación de doble sentido circulatorio de la Av. Warnes entre Av.

Garmendia y Osorio así como de Av. Garmendia desde Av. Warnes hasta Osorio,

autorizados por la presente Resolución, "ad referéndum" de lo que disponga la

Secretaría de Gestión de Transporte dependiente del Ministerio de Transporte de la

Nación, según el siguiente detalle:

Línea N.° 44

Ida a Barrancas de Belgrano: Sin modificación.

Regreso a Puente Alsina: Por su ruta, Av. Del Campo, Av. Garmendia, continua por

Av. Garmendia, Av. Manuel R. Trelles, su ruta.

Línea N.° 47 "ramal A"

Ida a Autódromo Oscar A. Gálvez: Por su ruta, Av. Del Campo, Av. Garmendia,

continua por Av. Garmendia, Av. Warnes, su ruta.

Regreso a Chacarita: Por su ruta, Warnes, Osorio, Av. Garmendia, su ruta.

Línea N°63

Ida a Madero: Por su ruta, Av. Del Campo, Av. Garmendia, continua por Av.

Garmendia, Av. Manuel R. Trelles, su ruta.

Regreso a Barrancas de Belgrano: Sin modificación.

Artículo 6°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará la Gerencia

Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte y el Transporte.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la

Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte y Seguridad Vial, y del

Ordenamiento del Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del

Tránsito y Transporte y Transporte, de Señalización Vial, de Mobiliario Urbano y de

Sistemas Inteligentes del Tránsito y Transporte, a la Secretaría de Gestión de

Transporte dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación, a la Comisión

Nacional de Regulación del Transporte, a las Cámaras representativas de las líneas

de autotransporte público de pasajeros involucradas, a la Policía de la Ciudad, a las

Direcciones Generales de Planificación de la Movilidad, de Cuerpo Agentes de

Tránsito y Transporte y Seguridad Vial, al Ente Regulador de la Ciudad. Cumplido,

remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte y

Transporte para los fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1320-SSTYTRA/19 invierte con carácter experimental y por el término de 90 días, en las<br />disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, al tramo de Osorio, desde la Av. Warnes hasta la calle Avalos de SO a NE.</p><p>Art. 2 excluye con carácter experimental y por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47, texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación  siguientes tramos de arterias:<br />Av. Warnes desde la Av. Garmendia hasta la calle Osorio;<br />Av. Garmendia desde la Av. Warnes hasta la calle Avalos.</p><p>Art. 3 incluye al tramo de Yeruá, desde la Av. Warnes hasta la calle Avalos de SO a NE.</p>