DECRETO 374 2019
Síntesis:
DECLARA ACREDITADA - POSESIÓN VEINTEAÑAL - ADQUIRIDO POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DOMINIO - INMUEBLE SITO AVENIDA BELGRANO 836-840-844-848-852-858
Publicación:
05/11/2019
Sanción:
30/10/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801, La Ley N° 351, (texto consolidado por Ley N°
6.017), el Expediente Electrónico N° 2018-19957650-MGEYA-DGABC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la regularización dominial del
inmueble sito en la Avenida Belgrano N° 836/840/844/848/852/858, identificado
catastralmente como Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 4, Parcela 3b;
Que la Ciudad de Buenos Aires ostenta la posesión continua, pacífica, pública e
ininterrumpida del inmueble desde el 1 de julio de 1964;
Que la referida situación dominial carece de su correspondiente reflejo registral, por
cuanto corresponde tenerse por acreditada la posesión veinteañal y proceder a su
regularización e inscripción, aplicando el régimen de prescripción adquisitiva previsto
en la Ley N° 351 (texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y
Técnica, instrumentará la declaratoria de dominio del mencionado inmueble mediante
escritura pública y/o testimonio administrativo (Ley N° 17.801 artículo.3° inc.a) y a
procederá a inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble;-
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
debida intervención conforme Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017).
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos N°102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Declárase acreditada la posesión veinteañal y adquirido por la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el dominio del inmueble sito en Avenida Belgrano N°
836/840/844/848/852/858, identificado catastralmente como Circunscripción 13,
Sección 2, Manzana 4, Parcela 3b.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la declaratoria de dominio a favor de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y proceder a su inscripción por ante el Registro de
la Propiedad Inmueble por testimonio administrativo y/o escritura pública.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes,
Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno del Ministerio de Economía
y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General
Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura
- Miguel