DECRETO 382 2019

Síntesis:

SE DEJA CONSTANCIA QUE EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO 382-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA RESOLUCIÓN 934-MJYSGC-18 DE LA CUAL NO SE HA ENCONTRADO REGISTRO DE SU PUBLICACIÓN EN BOCBA ----  DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - INTERPUESTO POR JORGE LUIS LAIUPPA - CONTRA LA RESOLUCIÓN 934-MJYSGC-18 - RETIRO OBLIGATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD 

Publicación:

07/11/2019

Sanción:

05/11/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Se dejaconstancia que el Artículo 1 desestima el recurso jerárquico contra Resolución 934-MJYSGC-18de la cual no se ha encontrado registro de su publicación en BOCBA.


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 y la Ley N° 5.688

(textos consolidados según Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/18, la Resolución N°

934/MJYSGC/18, los Expedientes Nros. 28642023/MGEYA-DSG/18 y N°

21671372/MGEYA-SICYPDP/17, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico interpuesto por el señor

Jorge Luis Laiuppa (DNI N° 11.314.515) contra la Resolución 934/MJYSGC/18, que

dispuso retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad conforme las previsiones del

artículo 219, inciso 7), en función del artículo 227, inciso 5), de la Ley N° 5.688 (texto

consolidado según Ley N° 6.017);

Que el retiro del señor Jorge Luis Laiuppa se fundó en el dictamen de la Junta Médica

Institucional que concluyó que resultaba no apto para la función policial;

Que el nombrado Laiuppa, alega que la Junta de Reconocimientos Médicos no

contempló una evolución positiva de su salud, y que debe encuadrarse su retiro

obligatorio en el inciso 6 del artículo 219 de la Ley N° 5.688, en el sentido que el retiro

obligatorio le corresponde por incapacidad contraída o agravada o por accidente

producido en servicio;

Que con respecto al encuadre legal cuestionado, cabe destacar que los informes de la

Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad (PV-2018-

21478620-DGARHS), del Subjefe de la Policía de la Ciudad (PV-2018-24373014-

SJPCDAD) y de la entonces Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad

(IF-2018-25721828-DGALS), coinciden al considerar que la baja obligatoria del señor

Jorge Luis Laiuppa obedece a una incapacidad o inutilización por enfermedad

contraída o agravada o por accidente, desvinculado del servicio, supuesto

contemplado en el artículo 219, inciso 7), de la Ley N° 5.688 (texto consolidado según

Ley N° 6.017);

Que atento a ello y toda vez que las cuestiones médico-técnicas han sido

consideradas por la Junta Médica de la Institución -única entidad competente a tal fin-

revistiendo su informe carácter técnico, no corresponde apartarse de lo dictaminado,

por cuanto resulta suficientemente serio, preciso y razonable, no adoleciendo de

arbitrariedad aparente;

Que teniendo en consideración que el recurrente no ha aportado nuevos elementos

que permitan modificar la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso

jerárquico interpuesto;

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo

aconsejado por la Procuración General mediante el Dictamen Jurídico Informe N° IF-

2019-18443534-GCABA-DGEMPP corresponde desestimar el recurso incoado;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico que fuera interpuesto oportunamente

por el señor Jorge Luis Laiuppa (DNI N° 11.314.515) contra la Resolución N°

934/MJYSGC/18.

Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al señor Jorge Luis Laiuppa (DNI N° 11.314.515), dejando constancia que el presente

acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso

de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley

N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y

Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel