DECRETO 399 2019

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DEL DECRETO 399-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, CONTRA LA RESOLUCIÓN 966-MJYSGC-17 DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO EN SUBSIDIO - INTERPUESTO - JOSÉ ANDRÉS PALACIOS - CONTRA - RESOLUCIÓN 966-MJYSGC-17 - RETIRO VOLUNTARIO - POLICÍA DE LA CIUDAD 

Publicación:

19/11/2019

Sanción:

14/11/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Nota: Se advierte al usuario que el artículo 1 del Decreto 399-19 desestima el recurso jerárquico en subsidio, contra la Resolución 966-MJYSGC-17 de la cual no se han encontrado constancias de su publicación en el Boletín Oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (texto consolidado según Ley N° 6017), las Resoluciones Nros. 966/MJYSGC/17

y 321/MJYSGC/18, los Expedientes Electrónicos Nros. 5937784-MGEYA-JPCDAD/17

y 5259728-MGEYA-DGTALMJYS/18, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de

reconsideración oportunamente interpuesto por el señor José Andrés Palacios (DNI N°

18.449.919) contra la Resolución N° 966/MJYSGC/17, que dispuso su retiro voluntario

de la Policía de la Ciudad;

Que por Resolución N° 321/MJYSGC/18 el señor Ministro de Justicia y Seguridad

desestimó el recurso de reconsideración;

Que el 5 de junio de 2018, se notificó dicha resolución al señor Palacios;

Que con fecha 3 de julio de 2018, se le notificó al nombrado la posibilidad de mejorar

los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario dentro del plazo de cinco (5) días,

conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado

los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por

reproducida la argumentación plasmada en la Resolución N° 321/MJYSGC/18 que

sirvió de base para desestimarlo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de conformidad con la Ley N° 1.218;

Que en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto administrativo

que desestima el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el señor

José Andrés Palacios (DNI N° 18.449.919), contra la Resolución N° 966/MJYSGC/17.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado en los términos del Capítulo VI de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dejando constancia que el presente

acto agota la instancia administrativa y deja expedita la viabilidad del reclamo judicial,

sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del

artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección

General Administrativa y Legal de Seguridad y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad . Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel