DECRETO 423 2019
Síntesis:
SE ACEPTA RENUNCIA - VOCAL DEL DIRECTORIO - CLAUDIA NEIRA - BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
28/11/2019
Sanción:
27/11/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 1.779 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 267/16 y
el Expediente Electrónico N° 36223022-GCABA-DGTAD/19, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 1.779 se aprobó la Carta Orgánica del Banco Ciudad de
Buenos Aires, estableciendo en su artículo 24 que su administración está a cargo de
un Directorio designado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires siguiendo el procedimiento y los requisitos establecidos en la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y está compuesto por un Presidente, un
Vicepresidente y 4 (cuatro) vocales;
Que el artículo 27 de la mencionada Ley establece que los miembros del Directorio
cesan en sus funciones por renuncia, entre otras causales;
Que por Decreto N° 267/16, se designó a la señora Claudia Neira (DNI. 23.327.476,
CUIL 27-23327476-9) como Vocal del Directorio del Banco de la Ciudad de Buenos
Aires, previo acuerdo de la Legislatura de la Ciudad, prestado mediante Resolución N°
24/16;
Que la nombrada presentó su renuncia al cargo de Vocal del Directorio del Banco
Ciudad de Buenos Aires a partir del 1° de diciembre de 2019;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia la
aceptación de la mencionada renuncia;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase la renuncia presentada por la señora Claudia Neira, DNI N°
23.327.476, CUIL 27-23327476-9, al cargo de Vocal del Directorio del Banco de la
Ciudad de Buenos Aires, a partir del 1° de diciembre de 2019.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese al
Banco de la Ciudad de Buenos Aires, al Banco Central de la República Argentina y
para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Economía y Finanzas del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel