RESOLUCIÓN 4891 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE AMPLÍAN TÉRMINOS - RESOLUCIÓN 3745-MEFGC/19 - DELEGACION DE FACULTAD - APROBAR GASTOS - SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA - SUBSECRETARÍA GESTIÓN ADMINISTRATIVA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PRORROGA PLAZO - MES DICIEMBRE 2019

Publicación:

28/11/2019

Sanción:

25/11/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, los

Decretos N° 363/15, N° 433/16 y N° 66/19, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante

Resolución N° 298-LCBA/15, las Resoluciones Nros. 2887-MEFGC/18, 1015-

MEFGC/19, 2256-MEFGC/19 y 3745-MEFGC/19 y el Expediente N° 36.464.412-

GCABA-DGTALMEF/19, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires se suscribió el "Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las

materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", mediante el

cual se dispuso el traspaso a la Ciudad de parte del personal de la Policía Federal

Argentina, el que fue registrado bajo el N° 1/16 y aprobado por la Legislatura de la

Ciudad de Buenos Aires mediante Resolución N° 298-LCBA/15;

Que, por su parte, la Ley N° 5.688 creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y

dispuso su integración, a partir del 1° de enero de 2017, con el personal de la Policía

Metropolitana y el personal transferido en virtud del mencionado Convenio;

Que dicha Ley asimismo establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales

del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que la seguridad pública demanda la acción coordinada y la interacción permanente

de los componentes del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que el Ministerio de Justicia y Seguridad es el organismo encargado de elaborar los

lineamientos generales en materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño

de las acciones preventivas necesarias y las tareas de control;

Que por el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70, y conforme a su Anexo I;

Que asimismo, en el Anexo I del referido decreto se establece que para gastos

superiores a PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000) los mismos deben ser

autorizados por el Ministro de Hacienda, hoy Ministro de Economía y Finanzas, o por

quien este delegue;

Que en tal contexto y siendo indispensable para el cumplimiento de las funciones

neurálgicas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, por Resolución N° 2887-

MEFGC/18 se delegó en la titular de la Secretaría Administración de Seguridad y en el

titular de la entonces Subsecretaría Gestión Administrativa y de Recursos Humanos,

ambas dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad, la facultad de aprobar

gastos hasta la suma total y en conjunto para ambas dependencias de PESOS

CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000) mensuales, por los meses de diciembre de

2018 y enero/febrero de 2019;

Que asimismo por Resolución N° 1015-MEFGC/19 se procedió a ampliar los términos

de la precitada Resolución N° 2887-MEFGC/18, prorrogándose el plazo para los

meses de marzo, abril y mayo de 2019, de igual modo por Resolución N° 2256-

MEFGC/19 se procedió a ampliar los términos de la Resolución N° 1015-MEFGC/19,

prorrogándose el plazo para los meses de junio, julio y agosto del corriente año y por

último por Resolución N° 3745-MEFGC/19 se amplió los términos de la Resolución N°

2256-MEFGC/19, prorrogándose el plazo para los meses de septiembre, octubre y

noviembre de 2019;

Que el Vicejefe de Gobierno en calidad de titular del Ministerio de Justicia y Seguridad

designado con carácter ad honorem por Decreto N° 391/18, solicita una nueva

prórroga de la delegación de facultades;

Que fundamenta dicha solicitud en que a la fecha se registra y subsisten las

circunstancias, motivos y condiciones que motivaron el dictado de la Resolución N°

3745-MEFGC/19;

Que los referidos fundamentos se sustentan en que en la actual situación resulta

prioritario e indispensable implementar acciones que permitan atender demandas

coyunturales e impostergables, que exceden las previsiones efectuadas y van más allá

del cumplimiento de las metas oportunamente fijadas, relativas a las funciones de la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la inmediatez que exige su atención impide la realización de otros procedimientos

previstos por la normativa vigente, por cuanto no permitirá proveer soluciones en

tiempo oportuno;

Que mediante el Decreto N° 66/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio

de Justicia y Seguridad que fuera aprobada por el Decreto N° 363/15;

Que por los motivos expuestos precedentemente, corresponde proceder al dictado del

acto administrativo ampliando en tal sentido los términos de la norma mencionada.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto

N° 433/16,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Amplíase los términos de la Resolución N° 3745-MEFGC/19, en el sentido

que se procede a delegar en la titular de la Secretaría Administración de Seguridad y

Emergencias y en el titular de la Subsecretaría Gestión Administrativa, ambas

dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad, la facultad de aprobar gastos

hasta la suma total para ambas dependencias en conjunto de PESOS CUARENTA

MILLONES ($ 40.000.000) mensuales, prorrogándose el plazo para el mes de

diciembre de 2019.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaria Administración de Seguridad y Emergencias y a la

Subsecretaria Gestión Administrativa, ambas dependientes del Ministerio de Justicia y

Seguridad y a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 4891-MEFGC/19 amplía los terminos establecido en la Resolución 3745-MEFGC/19, modificatoría de la Resolución 2887-MEFGC/18, prorrogando el plazo establecido en la misma para el mes de diciembre de 2019.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 4891-MEFGC/19 amplía los terminos establecido en la Resolución 3745-MEFGC/19, prorrogando el plazo establecido en la misma para el mes de diciembre de 2019</p>