DECRETO 519 2019

Síntesis:

DESIGNA - MARÍA MERCEDES FERRARI - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL - OBRAS EN VÍAS PEATONALES - SUBSECRETARÍA MANTENIMIENTO URBANO - MINISTERIO ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA

Publicación:

02/01/2020

Sanción:

27/12/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463-GCABA/19, el Expediente Electrónico N°

39224441/GCABA-DGTALMEPHU/19, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;

Que por Decreto N° 463-GCABA/19 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, entre

ellos, del citado Ministerio;

Que, en consecuencia, la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana

propicia la designación de la Lic. María Mercedes Ferrari, DNI N° 27.636.300, CUIL N°

27-27636300-5 como Directora General de la Dirección General Obras en Vías

Peatonales dependiente de la Subsecretaría Mantenimiento Urbano perteneciente al

Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, a la Lic. María Mercedes

Ferrari, DNI N° 27.636.300, CUIL N° 27-27636300-5, como Directora General de la

Dirección General Obras en Vías Peatonales, dependiente de la Subsecretaría

Mantenimiento Urbano, perteneciente al Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a la interesada dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en

el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017).

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p -

Muzzio - Miguel