DECRETO 15 2020
Síntesis:
DESIGNA DIRECTOR EJECUTIVO - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - LUIS MARTÍN BOSCHET - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
07/01/2020
Sanción:
03/01/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 2.855 (texto consolidado por Ley 6.017), el Decreto
N° 463/19 y el Expediente Electrónico N° 39450576- GCABA-DGRHEATC-2019
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Cultura;
Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio;
Que, por Ley N° 2.855 se creó el "Ente Autárquico Teatro Colón" en el ámbito del
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencias determinadas en la presente ley;
Que, a la vez dispone que la Dirección está a cargo de un Directorio integrado por
cinco (5) miembros: el/la Director/a General, el/la Director/a Ejecutivo/a, y tres
Directores/as Vocales y son designados y removidos por el Jefe de Gobierno;
Que en razón de los expuesto, el Ministro de Cultura propicia la designación del Sr.
Luis Martín Boschet, DNI N° 17.806.723, CUIL N° 20-17806723-1, en el cargo de
Director Ejecutivo del Ente Autárquico Teatro Colón bajo la órbita del citado Ministerio;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, al señor Luis Martín
Boschet, DNI N° 17.806.723, CUIL N° 20-17806723-1, como Director Ejecutivo del
Ente Autárquico Teatro Colón bajo la órbita del Ministerio de Cultura.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Cultura, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. SANTILLI
p/p - Avogadro - Miguel