DECRETO 38 2020

Síntesis:

SE DESIGNA - AUDITOR INTERNO TITULAR - JOSÉ FERNANDO LAHOZ - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

09/01/2020

Sanción:

07/01/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nros. 70, 2.603

(textos consolidados por Ley N° 6.017) y 6.292, los Decretos Nros. 757/09 y 463/19 y

el Expediente Electrónico N° 39.265.484-GCABA-GGTALSGCBA/19, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 132 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establece que la Ciudad cuenta con un modelo de control integral e integrado,

conforme a los principios de economía, eficacia y eficiencia, comprendiendo el control

interno y externo del sector público que opera de manera coordinada en la elaboración

y aplicación de sus normas;

Que el artículo 119 de la Ley N° 70 determina, que el modelo de control con que

cuenta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprende el control interno y externo

del sector público;

Que el artículo 121 de la citada Ley, dispone que el Sistema de Control Interno queda

conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y por las

Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidades que dependen del

Poder Ejecutivo;

Que por el artículo 1° del Decreto N° 757/09, se encomienda la creación y puesta en

funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna a los titulares de las

Jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo;

Que por el artículo 2° del citado Decreto, se establece que las Unidades de Auditoría

interna están conformadas, en el primer nivel de su estructura, por un auditor interno,

designado por Decreto a propuesta del/la Sindico/a General, debiendo reunir los

perfiles técnicos establecidos por la Sindicatura General de la Ciudad y con rango

equivalente a Director General, con cargo a las partidas presupuestarias de las

Jurisdicciones o entidades de las cuales presten servicios;

Que por la Ley N° 2.603 (Texto consolidado según Ley N° 6.017) se creó la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) como entidad autárquica

en el ámbito del entonces Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que, por su parte, la Ley N° 6.292, aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplando al Ministerio de Hacienda y

Finanzas;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo

a la AGIP como entidad autárquica dentro de la órbita del Ministerio de Hacienda y

Finanzas;

Que, en este sentido, la Sindica General de la Ciudad de Buenos Aires, propicia la

designación a partir del 10 de diciembre de 2019 al Dr. José Fernando Lahoz DNI

10.592.595, CUIL 20-10592595-7, como Auditor Interno Titular de la Unidad de

Auditoría Interna dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos;

Que conforme lo expresado precedentemente, resulta necesario dictar la norma legal

pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, al Dr. José Fernando

Lahoz DNI 10.592.595, CUIL 20-10592595-7, como Auditor Interno Titular de la

Unidad de Auditoría Interna dependiente de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Administracion Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel