LEY 6259 2019

Síntesis:

SE HOMOLOGAN - CONDONACIONES DE DEUDAS - GRAVÁMENES INMOBILIARIOS - GRAVÁMENES POR USO OCUPACIÓN Y TRABAJOS EN EL ESPACIO PÚBLICO - OTORGADAS POR EL PODER EJECUTIVO - ARTÍCULO 143 DEL CÓDIGO FISCAL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD

Publicación:

09/01/2020

Sanción:

05/12/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/01/2020


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Homológanse las condonaciones de deudas por Gravámenes

Inmobiliarios y por Gravámenes por Uso, Ocupación y Trabajos en el Espacio Público

otorgadas por el Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 143 del

Código Fiscal (T.O. 2019), mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo

que forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5776

Tipo de relación

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