LEY 6265 2019

Síntesis:

INSTITUYE - DÍA 13 DE FEBRERO DE CADA AÑO - DÍA DEL PRESERVATIVO - CONCIENTIZACIÓN - DIFUSIÓN - USO DEL PRESERVATIVO - PREVENCIÓN DE INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL - EMBARAZOS NO DESEADOS - CUIDADO EN LAS RELACIONES SEXUALES - PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

09/01/2020

Sanción:

05/12/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/01/2020


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Instituyese el día 13 de febrero de cada año como el Día del Preservativo,

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo realizará actividades de concientización y difusión sobre la

importancia del uso del preservativo para la prevención de infecciones de transmisión

sexual y embarazos no deseados, el cuidado en las relaciones sexuales y la

protección integral de la salud.

Art. 3°.- Comuníquese. Forchieri - Pérez

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