LEY 1175 2003
Síntesis:
PROHIBE LA DETENCIÓN Y EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS FRENTE AL CENTRO DE PRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS - RENAPER. - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS - CALLE PEDRO CHUTRO - CALLE MONTESQUIEU - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
15/12/2003
Sanción:
13/11/2003
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/12/2003
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
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Artículo 1°. Prohíbese la detención y el estacionamiento general de vehículos en los siguientes tramos de arteria:
Profesor Dr. Pedro Chutro, junto a la acera Sur, en los últimos 60 (sesenta) metros desde la calle Lavardén hacia Montesquieu, frente al Centro de Producción de Documentos del Registro Nacional de las Personas.
Montesquieu, junto a la acera Oeste, en los primeros 90 (noventa) metros, desde la calle Profesor Dr. Pedro Chutro hacia José A. Cortejarena, frente al Centro de Producción de Documentos del Registro Nacional de las Personas.
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 3° - Comuníquese, etc. Caram - Alemany
En virtud de lo prescripto por el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.175 (Expediente N° 74.271/03), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de noviembre de 2003 ha quedado promulgada automáticamente el día 9 de diciembre de 2003.
Regístrese, publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y pase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte a los fines de su competencia y notificación a la Policía Federal Argentina. Tadei