DECRETO 1797 1999

Síntesis:

AUTORIZA LA CONTINUIDAD DEL PROYECTO PROYECTO DESCENTRALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ARG/97/007/F/01/99, POR LA SUMA DE PESOS QUINIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 580.589) CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 1999 Y PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL VEINTICUATRO ($ 245.024) AL EJERCICIO 2000.

Publicación:

17/09/1999

Sanción:

06/09/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 1.733/98, y

CONSIDERANDO:

Que, por el decreto mencionado se aprueba el Proyecto ARG/97/007/F/01/99 Descentralización de las Actividades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del Proyecto de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);

Que, resulta necesario dar continuidad a dicho proyecto de acuerdo a la revisión efectuada por la Subsecretaría de Descentralización, bajo la denominación ARG/97/007/F/01/99, por un monto total de $ 580.589;

Que, la mencionada Subsecretaría, entidad ejecutora del proyecto, en concordancia con su calendario de pagos, solicita arbitrar las medidas pertinentes a fin de efectuar el depósito de $ 250.000 como primer depósito a nombre del UNDP Representative in Argentina Peso Deposit Account;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase la continuidad del Proyecto Descentralización de las Actividades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) elaborado por la Subsecretaría de Descentralización bajo la denominación ARG/97/007/F/01/99, por la suma de pesos quinientos ochenta mil quinientos ochenta y nueve ($ 580.589) correspondientes al ejercicio 1999 y pesos doscientos cuarenta y cinco mil veinticuatro ($ 245.024) al ejercicio 2000.

Art. 2° Apruébase el pago del primer depósito por la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) y autorízase a la Dirección General Tesorería a transferir dicha suma al citado Programa a nombre del UNDP Representative in Argentina Peso Deposit Account.

Art. 3° Facúltase a la Dirección General Contaduría a incluir la erogación en trámite y los subsiguientes depósitos referentes al presente programa, en una Orden de Pago.

Art. 4° El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a las Direcciones Generales Contaduría, Tesorería y a la Subsecretaría de Descentralización.

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