LEY 6272 2019
Síntesis:
INSTITUYE - DÍA DE LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS TRANS - DÍA 29 DE OCTUBRE DE CADA AÑO - DIFUSIÓN - VISIBILIZACIÓN - CONCIENTIZACIÓN - ACTIVIDADES - CAPACITACIONES - OBLIGACIÓN DEL PODER EJECUTIVO - INFORME ANUAL - INCORPORACIÓN AL CALENDARIO ESCOLAR - ESCUELAS - AGENDA EDUCATIVA 2020 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
16/01/2020
Sanción:
05/12/2019
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/01/2020
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
Artículo 1°.- Institúyese el día 29 de octubre de cada año como "Día de la Promoción
de los Derechos de las Infancias y Adolescencias Trans" en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo debe realizar en la semana del 29 de octubre de cada año
actividades y campañas de difusión y visibilización que promuevan la plena integración
y el pleno goce de los derechos de las infancias y adolescencias trans.
Art. 3°.- Las campañas de concientización deben involucrar, entre otras actividades,
capacitaciones a personas que se desempeñan en los ámbitos de la educación, la
salud, el deporte, el arte y otras áreas destinadas a infancia y adolescencia.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo debe realizar la publicación de un informe anual sobre las
políticas estatales destinadas a la promoción de los derechos de las infancias y
adolescencias trans.
Art. 5°.- Incorpórase al calendario escolar el día 29 de octubre con la denominación
citada en el Art. 1° de la presente.
Art. 6°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.272 (Expediente Electrónico N° 39.363.650-
GCABA-DGALE/2019), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2019, ha quedado
automáticamente promulgada el día 10 de enero de 2020.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Cultura, al Ministerio de Educación y a la Vicejefatura de Gobierno.
Cumplido, archívese. Montiel