LEY 6294 2019

Síntesis:

SE CONDONA DEUDA - EN CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES - ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA -TERRITORIAL - PAVIMENTOS Y ACERAS - INMUEBLE UBICADO - AV CALLAO 360 - NOMENCLATURA CATASTRAL - CIRCUNSCRIPCIÓN 11 - SECCIÓN 9 - MANZANA 77 - PARCELA 27B - LEGISLATURA DE LA CIUDAD

Publicación:

16/01/2020

Sanción:

05/12/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/01/2020


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase la deuda que en concepto de contribuciones de Alumbrado,

Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras, mantiene con el Gobierno de

la Ciudad el inmueble ubicado en la Av. Callao 360, nomenclatura catastral

Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 77, Parcela 27b, cuyas partidas se enumeran

en el Anexo I, generada en el lapso comprendido entre el 3 de Noviembre de 2011 a la

fecha.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez

Buenos Aires, 13 de enero de 2020

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.294 (Expediente Electrónico N° 39.367.172-GCABA-DGALE/2019), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2019, ha quedadoautomáticamente promulgada el día 10 de enero de 2020.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase alMinisterio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5781