LEY 6266 2019
Síntesis:
PROHIBICIÓN DE REALIZACIÓN DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS ESTÉTICAS QUE CAUSEN MUTILACIONES A LOS ANIMALES Y/O MODIFIQUEN SU ASPECTO EXTERNO - MASCOTAS - PERROS GATOS - CIRUGÍA ESTÉTICA - VETERINARIOS - MATRÍCULA - OBLIGACIÓN - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
17/01/2020
Sanción:
05/12/2019
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/01/2020
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Prohíbese la realización de intervenciones quirúrgicas estéticas que
causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas
que se realicen con el objetivo de prevenir o curar patologías específicas.
Art. 2°.- Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente Ley deben realizarse
bajo prescripción médica por parte de un Médico Veterinario matriculado en la Ciudad
de Buenos Aires.
Art.3°.- El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese. Forchieri - Pérez
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.266 (Expediente Electrónico N° 39.359.454-
GCABA-DGALE/2019), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2019, ha quedado
automáticamente promulgada el día 10 de enero de 2020.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
la Secretaría de Ambiente. Cumplido, archívese. Montiel