DECRETO 59 2020

Síntesis:

DESIGNA AUDITOR INTERNO - TITULAR - LEONARDO DARÍO BERTOLINO - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

22/01/2020

Sanción:

17/01/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Las Leyes N° 70 y

N° 2.624 (textos consolidados por Ley N° 6.017), y N° 6.292, los Decretos N° 757/09,

N° 458/19 y N° 463/19, el Expediente Electrónico N° 39287402/GCABA-

GGTALSGCBA/2019-, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 132 de la Constitución Autónoma de Buenos Aires, establece que la

Ciudad cuenta con un modelo de control integral e integrado, conforme a los principios

de economía, eficacia y eficiencia, comprendiendo el control interno y externo del

sector público, que opera de manera coordinada en la elaboración y aplicación de sus

normas;

Que el artículo 119 de la Ley N° 70 determina, que el modelo de control con que

cuenta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprende el control interno y externo

del sector público;

Que el artículo 121 de la citada Ley, dispone que el Sistema de Control Interno queda

conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y por las

Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidades que dependen del

Poder Ejecutivo;

Que por el artículo 1° del Decreto N° 757/09, se encomienda la creación y puesta en

funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna a los titulares de las

Jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo;

Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 757/09 se estableció la conformación de

las Unidades de Auditoría Interna en el primer nivel de su estructura por medio de un

Auditor Interno, designado a propuesta del/la Síndico/a General, debiendo reunir los

perfiles técnicos establecidos por la Sindicatura General de la Ciudad y con rango

equivalente a Director General, con cargo a las partidas presupuestarias de las

Jurisdicciones o entidades en las cuales presten servicios;

Que por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que a través de Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del citado

Ministerio;

Que a tal efecto, la Síndica General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia

la designación, a partir del 10 de diciembre de 2019, del Cdor. Leonardo Darío

Bertolino, DNI N° 17.163.660, CUIL N° 20-17163660-5, como Auditor Interno Titular de

la Unidad de Auditoría Interna de la Agencia Gubernamental de Control, toda vez que

posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;

Que por el artículo 9° del Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honorem,

al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para

conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los

objetivos asignados al mismo;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9)

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, al Cdor. Leonardo Darío

Bertolino, DNI N° 17.163.660, CUIL N° 20-17163660-5, como Auditor Interno Titular de

la Unidad de Auditoría Interna del Organismo Fuera de Nivel Agencia Gubernamental

de Control - Ley N° 2.624 bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 458/19) y por señor el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

notifíquese al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo

establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado Ley N° 6.017),

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Agencia

Gubernamental de Control -Ley N° 2.624. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Santilli p/p - Miguel