DECRETO 61 2020

Síntesis:

SE APRUEBA - INFORME FINAL DE GESTIÓN - ANA MARÍA BOU PÉREZ - MINISTRA DE SALUD - ANEXO - PLAN ESTRATÉGICO-OPERACIONAL INTEGRADO - PREVENCIÓN CONTROL Y VIGILANCIA DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR EL MOSQUITO AEDES AEGYPTI

Publicación:

22/01/2020

Sanción:

17/01/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6017), los Decretos Nros. 1000/99,

sus modificatorios y complementarios y 359/15, la Disposición N° 24/DGOGPP/11, el

Expediente Electrónico N° 1934326-GCABA-DGAYDRH/20, y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el informe final de gestión

presentado por la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N° 27-

13221055-7, por su desempeño como Ministra de Salud de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, cargo en el que fuera designada por Decreto N° 359/15;

Que el artículo 98 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, establece que el

"Jefe de Gobierno y el Vicejefe duran en sus funciones cuatro años y puede ser

reelectos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo";

Que el art. 104 inc. 9. de la Carta Magna establece que son atribuciones y facultades

del Jefe de Gobierno "nombrar a los funcionarios y agentes de la administración y

ejerce la supervisión de su gestión";

Que, el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, reglamentario de la Ley N° 70, determina

que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las

características y el alcance del informe final de los funcionarios responsables de

programas y proyectos que se alejen de sus cargos;

Que, por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, aprobó los

estándares para la presentación del informe final de gestión, en los términos del

artículo 25 de la Ley N° 70;

Que, la referida Disposición establece que la aprobación del informe final de gestión

debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe

de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo;

Que, la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N° 27-13221055-7, en su

carácter de Ministra de Salud saliente, presentó el informe final de gestión, de

conformidad con la normativa citada;

Que, por lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el

mencionado informe final de gestión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de

la Ley N° 70.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y sus normas

reglamentarias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase, el Informe Final de Gestión (IF-2020-01935250-GCABA-

DGAYDRH) presentado por la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N°

27-13221055-7, por su desempeño como Ministra de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Dirección General

Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud para que

notifique a la interesada. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5785