DECRETO 61 2020
Síntesis:
SE APRUEBA - INFORME FINAL DE GESTIÓN - ANA MARÍA BOU PÉREZ - MINISTRA DE SALUD - ANEXO - PLAN ESTRATÉGICO-OPERACIONAL INTEGRADO - PREVENCIÓN CONTROL Y VIGILANCIA DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR EL MOSQUITO AEDES AEGYPTI
Publicación:
22/01/2020
Sanción:
17/01/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6017), los Decretos Nros. 1000/99,
sus modificatorios y complementarios y 359/15, la Disposición N° 24/DGOGPP/11, el
Expediente Electrónico N° 1934326-GCABA-DGAYDRH/20, y
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el informe final de gestión
presentado por la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N° 27-
13221055-7, por su desempeño como Ministra de Salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, cargo en el que fuera designada por Decreto N° 359/15;
Que el artículo 98 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, establece que el
"Jefe de Gobierno y el Vicejefe duran en sus funciones cuatro años y puede ser
reelectos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo";
Que el art. 104 inc. 9. de la Carta Magna establece que son atribuciones y facultades
del Jefe de Gobierno "nombrar a los funcionarios y agentes de la administración y
ejerce la supervisión de su gestión";
Que, el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, reglamentario de la Ley N° 70, determina
que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las
características y el alcance del informe final de los funcionarios responsables de
programas y proyectos que se alejen de sus cargos;
Que, por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, aprobó los
estándares para la presentación del informe final de gestión, en los términos del
artículo 25 de la Ley N° 70;
Que, la referida Disposición establece que la aprobación del informe final de gestión
debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe
de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo;
Que, la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N° 27-13221055-7, en su
carácter de Ministra de Salud saliente, presentó el informe final de gestión, de
conformidad con la normativa citada;
Que, por lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el
mencionado informe final de gestión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de
la Ley N° 70.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y sus normas
reglamentarias,
Artículo 1°.- Apruébase, el Informe Final de Gestión (IF-2020-01935250-GCABA-
DGAYDRH) presentado por la Dra. Ana María Bou Pérez, DNI N° 13.221.055, CUIL N°
27-13221055-7, por su desempeño como Ministra de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Dirección General
Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud para que
notifique a la interesada. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel