RESOLUCIÓN 3577 2003 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

DEJA CESANTE A LA SRA. MARCELA P. PELLIZERI, F.C. N° 383.783 -AGENTE DE LA ESCUELA N° 2 D.E. 16 - INASISTENCIAS - CESE AGENTES - AUXILIAR DE PORTERÍA

Publicación:

16/12/2003

Sanción:

03/12/2003

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 4.495/SED/03, y,

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la situación irregular planteada en relación a las inasistencias verificadas por la auxiliar de portería de la Escuela N° 2 D.E. 16, Marcela Patricia Pellizeri (F.C. N° 383.783), a partir del día 9/8/02;

Que la mencionada agente mediante Decreto N° 491/GCBA/03, pasó a revistar como planta permanente, a partir del día 1°/4/03;

Que a través de la Carta Documento N° CD 000192671 AR, recibida el 4/4/03, se intimó a la agente Pellizeri para que formulara el respectivo descargo, sin que se presentara en estas actuaciones;

Que, no obstante ello, mediante nueva citación publicada en el Boletín Oficial de fecha 8/8/03, se puso en conocimiento de la causante que dentro del tercer día a contar desde esa publicación, debía comparecer ante la Dirección General de Recursos Humanos a efectos de presentar el pertinente descargo, de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 17.239/50 (modif. por el Decreto N° 2.895/81), en razón de encontrarse incursa en la causal de cesantía prevista en el Art. 48 Inc. a) de la Ley N° 471;

Que de las constancias de autos, surge que la auxiliar no presentó descargo alguno que hiciera a su derecho, correspondiendo dar aplicación directa a lo normado en el Art. 48 Inc. b) de la Ley N° 471, en cuanto establece que es causal de cesantía el abandono de servicio cuando existan inasistencias injustificadas del trabajador que excedan los quince días en el lapso de los doce meses inmediatos anteriores, ello, sin necesidad de instrucción de sumario administrativo, conforme lo establecido en el Art. 51, segundo párrafo, de la misma Ley;

Que la Dirección Recursos Administrativos dependiente de la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, compartió el criterio propiciado;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y de conformidad a lo establecido en el Art. 48 Inc. b) de la Ley N° 471,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1 - Declárese cesante a la agente auxiliar de portería de la Escuela N° 2 D.E. 16, Marcela Patricia Pellizeri (F.C. N° 383.783), a partir del día 9/8/02.

Artículo 2 - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria; a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, y de Coordinación Legal e Institucional. Notifíquese a la agente Marcela Patricia Pellizeri (F.C. N° 383.783), en los términos del Art. 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto N° 1.510/GCBA/97, haciéndole saber que contra la presente y dentro del plazo de diez (10) y quince (15) días, podrá interponer recurso de reconsideración, o jerárquico directo, respectivamente, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 103 y 109 del mismo plexo normativo. Cumplido, archívese. Perazza

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