DECRETO 81 2020
Síntesis:
SE DESIGNAN FUNCIONARIOS - DIRECTORES GENERALES - PATRICIA VALENTINA FAGUNDEZ - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS ENERGÉTICAS - JUAN PEDRO CORICA - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - SUBSECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO - FEDERICO SARAVIA - DIRECCIÓN GENERAL CIENCIA Y TECNOLOGÍA - MERCEDES LAURA FÁTIMA SQUILLACI - DIRECCIÓN GENERAL CONCESIONES Y PERMISOS - SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - JULIO JOSÉ TAHIER - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO GASTRONÓMICO - SUBSECRETARÍA BIENESTAR CIUDADANO - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
06/02/2020
Sanción:
03/02/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N°. 6.292, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorio, el Expediente
Electrónico N° 03179983-GCABA-DGTALMDEP/20, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio;
Que, el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción propicia las
designaciones de las personasque se detallan en el Anexo IF-2020-05053151-
GCABA-MDEPGC que, a todos sus efectos, forma parteintegrante del presente;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnanse las personas que se detallan en el Anexo IF-2020-05053151-
GCABA-MDEPGC, el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en
los cargos y condiciones que se detallan en el mismo.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N°6.017),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de RecursosHumanos, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase
a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti -
Miguel