DECRETO 89 2020
Síntesis:
SE DESIGNA A MARIANO ISMAEL PALAMIDESSI - RECTOR - ORGANIZADOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - UNICABA
Publicación:
10/02/2020
Sanción:
05/02/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 6.053 y 6.292, el Expediente Electrónico N° 04318191-
GCABA-MEDGC/20, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Educación;
Que, por la Ley N° 6.053 se creó la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, como persona jurídica pública estatal en la órbita del entonces Ministerio de
Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 23 de la mencionada Ley establece que el Rector Organizador de la
Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será designado por el Poder
Ejecutivo, y deberá contar con acreditada idoneidad y experiencia académica en el
ámbito universitario;
Que, resulta necesario designar al Rector-Organizador de la Universidad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con el fin de llevar adelante la etapa de organización y el
proceso de formulación del Proyecto Institucional y del Proyecto de Estatuto conforme
lo prevé el artículo 49 de la Ley de Educación Superior N° 24.521;
Que, en atención a lo expuesto, la señora Ministra de Educación propicia la
designación del señor Palamidessi, Mariano Ismael, D.N.I. N° 17.108.629, C.U.I.L. N°
23-17108629-9, como Rector-Organizador de la Universidad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.053,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2020 al señor Palamidessi,
Mariano Ismael D.N.I. N° 17.108.629, C.U.I.L. N° 23-17108629-9, como Rector-
Organizador de la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con nivel
retributivo de Secretario.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel