DECRETO 98 2020
Síntesis:
DECLARA ACREDITADA - POSESIÓN VEINTEAÑAL - ADQUISICIÓN DE DOMINIO -INMUEBLE - PASEO COLÓN 1366-70 - CIRCUNSCRIPCIÓN 12 - SECCIÓN 4 - MANZANA 47 - PARCELA 8B - MATRÍCULA FRE 12-2156 - PROCEDER A SU INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
Publicación:
17/02/2020
Sanción:
12/02/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801, el Código Civil y Comercial de la Nación, las Leyes
Nros. 351 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.292, el Expediente Electrónico N°
20.214.064/MGEYA/DGABC/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la regularización dominial del
inmueble sito en la Av. Paseo Colón N° 1.366/70, identificado catastralmente como
Circunscripción 12, Sección 4, Manzana 47, Parcela 8b, Matrícula FRE 12-2156;
Que el inmueble en cuestión pertenece al dominio de Talleres Metalúrgicos Navales
Anglo Argentinos Sociedad Anónima, de conformidad con los antecedentes dominiales
que surgen del actuado de la referencia;
Que la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires adquirió por
expropiación parcial una porción del inmueble sito en Av. Paseo Colón N° 1.366/70 en
el marco de los autos caratulados "TALLERES METALURGICOS NAVALES ANGLO
ARGENTINOS S.A. C/ MCBA S/ EXPROPIACION INVERSA";
Que la Ciudad de Buenos Aires ostenta la posesión continua, pacífica, pública e
ininterrumpida del inmueble desde el 6 de abril de 1989;
Que a los fines de materializar la realidad parcelaria, la Dirección General Registro de
Obras y Catastro procedió a subdividir la parcela en cuestión, conforme Plano de
Mensura con Fraccionamiento N° 26-C-2014;
Que por medio de Testimonio Administrativo se procedió a la inscripción del Plano de
Mensura con Fraccionamiento N° 26-C-2014 ante el Registro de la Propiedad
Inmueble;
Que conforme lo expuesto, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha ejercido la
posesión del bien inmueble en cuestión de manera continua, pacifica, pública y no
interrumpida por un plazo ampliamente mayor al establecido en los artículos N° 1899,
2565, 4015 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que en este sentido, resulta de aplicación el régimen de prescripción adquisitiva
previsto en la Ley N° 351;
Que la Dirección General Escribanía General ha tomado la intervención que le
compete;
Que así las cosas, resulta pertinente autorizar a la Dirección General Escribanía
General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar el testimonio
administrativo del mencionado inmueble (Ley N° 17.801 artículo.3° inc. a) y su
posterior inscripción registral de dominio;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha
pronunciado conforme lo normado en la Ley N° 1.218.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Declárase acreditada la posesión veinteañal y adquirido por la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el dominio del inmueble sito en la Av. Paseo Colón N°
1.366/70, identificado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 4, Manzana
47, Parcela 8b, Matrícula FRE 12-2156, conforme Plano de Mensura con
Fraccionamiento N° 26-C-2014.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la declaratoria de dominio de la Parcela 8b
a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y proceder a su inscripción por ante
el Registro de la Propiedad Inmueble por testimonio administrativo y/o escritura
pública.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Secretaria de
Desarrollo Urbano, a la Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y
Gestión Integral de Edificios de Gobierno del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General
Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel