RESOLUCIÓN 87 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA PLANTA TRANSITORIA DE ATENCIÓN MÉDICA - CARGOS DEL PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - CONSEJO DE LOS DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - RETRIBUCIÓN - MÉDICO PENAL JUVENIL - AÑO 2020

Publicación:

18/02/2020

Sanción:

12/02/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley Nacional 2.601, Decreto PEN N° 873/16, las Leyes N° 114 y N° 471

(textos consolidados por Ley N° 6.017) y N° 6.292, Decreto N° 492/GCABA/2016 y su

modificatorio el Decreto N° 495/GCABA/2016, la Resolución N° 114-LCBA/2017, las

Resoluciones Nros. 942-CDNNyA/16, 947- CDNNyA/18 y la Resolución de Firma

Conjunta N° 1759-MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 4315641./GCABA-

DGTALCDN/2020, y

CONSIDERANDO:

Que en el orden nacional, la Ley Nacional N° 26.061 tiene por objeto la protección

integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el

territorio de la República Argentina;

Que el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) crea en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes, como organismo especializado en materia de promoción y

protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes; el cual goza de

autonomía técnica y administrativa, y autarquía financiera, conforme el Artículo 46;

Que mediante el Decreto PEN N° 873/16 se transfirieron a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales

de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal que dependieran del

entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia;

Que por el Decreto N° 492-GCABA/2016 y su modificatorio el Decreto N° 495-

GCABA/2016 se instruyó a la titular del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes para celebrar los convenios y realizar las gestiones necesarias para el

traspaso de los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de

intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal que dependieran de la

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia;

Que, en el marco de dicha normativa, se suscribió el "Convenio de Transferencia de

Servicios de Atención Directa de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal al ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" siendo aprobada mediante Resolución N°

114-LCBA/2017;

Que, atento a la transferencia mencionada, mediante Resolución N° 942-

CDNNyA/2016 y la Resolución N ° 947-CDNNyA/18 se modificó parcialmente la

estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

creándose la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, bajo cuya órbita

funcionan los dispositivos transferidos;

Que en dicho marco, el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes tiene

entre sus responsabilidades primarias coordinar y supervisar la instrumentación de

políticas, programas y acciones de prevención y de atención socio-educativas

relacionadas con personas menores de edad, en conflicto con la Ley Penal desde la

perspectiva de la promoción, protección y restitución de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes;

Que en tal sentido, a los fines de garantizar el derecho a la salud de las niñas, niños y

adolescentes en conflicto con la Ley Penal, de conformidad con lo establecido en la

Ley Nacional N° 26.061 y concordantes, se requiere la atención permanente de

personal médico destinados a los distintos dispositivos de alojamiento dependiente de

la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 1759-MEFGC/19 se aprobó la

planta transitoria de atención médica, en el ámbito de la Dirección General

Responsabilidad Penal Juvenil, dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes, de Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por el

período comprendido entre el 1° de julio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019;

Que por Ley N° 6.292 se estableció que corresponde al Ministerio de Hacienda y

Finanzas el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de

los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Artículo 45 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), en su

primera parte, prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no

incluidos en funciones propias del régimen de carrera;

Que a efectos de propiciar el correcto funcionamiento operativo de los dispositivos y

programas transferidos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y lograr

mayor eficiencia en sus servicios, resulta necesaria la aprobación la planta transitoria

de atención médica, en el ámbito de la Dirección General Responsabilidad Penal

Juvenil, dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

para el período comprendido entre el 1° de enero de 2020 y el 31 de diciembre de

2020;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y

Finanzas y la Dirección General Legal Técnica y Administrativa del Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes han tomado la debida intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Leyes Nros. 6.292 y 114 (texto

consolidado por Ley N° 6.017),

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y

ADOLESCENTES Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Artículo 1°.- Apruébase la planta transitoria de atención médica, en el ámbito de la

Dirección General Responsabilidad Penal Juvenil, dependiente del Consejo de los

Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, de Jefatura de Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2020 y el 31 de

diciembre de 2020, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-5037441-

CDNNYA/20) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en la planta aprobada en el

Artículo que antecede, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará

automáticamente a la fecha de finalización de la planta que por la presente se aprueba

y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido el Artículo 1°, consistirá en una suma fija remunerativa que se abonará

como "retribución única" y por todo concepto, la que se determinará en base a las

unidades de módulos asignados al personal designado, correspondiendo la

actualización de su cuantía por aplicación de los aumentos de carácter general que se

otorguen durante el ejercicio 2020 a los agentes de la Planta Permanente del

Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Facúltase a la señora Presidente del Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes a designar y cesar al personal comprendido en la presente

Resolución, así como a dictar normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias,

operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la planta con modalidad

transitoria.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, de Administración y Liquidación de Haberes, de Planificación y Control

Operativo y Desarrollo de Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones

Generales Responsabilidad Penal Juvenil y Legal Técnica y Administrativa

dependientes del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de

Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Leguizamón - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5804

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 405-MHFGC-JGGC/20 autoriza como excepciones enmarcadas en el Art.15 del Anexo I del Decreto 210/20, las designaciones de personal de la Planta Transitoria de atención médica de la Dirección General Responsabilidad Penal Juvenil del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por Resolución Conjunta 87-CDNNYA-MHFGC/20.</p>