DECRETO 119 2020

Síntesis:

SE SANCIONA CON CESANTÍA - DOCENTE - VÍCTOR BLANCA - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

04/03/2020

Sanción:

28/02/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución

N° 3910-MEGC/14, y el Expediente Nro. 3.316.469-MGEYA-DGEGE/13, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramitó el sumario administrativo N° 350/14,

ordenado por la Resolución N° 3.910-MEGC/14 con el objeto de investigar los hechos

y deslindar las responsabilidades con respecto a presuntas irregularidades en el

desempeño docente ocurridos en la Escuela de Educación Media N°4 del D.E. 19° el

día 10 de julio de 2013;

Que abierta la instrucción, se convocó al agente Víctor Blanca, D.N.I. N° 27.226.621 -

F.C. N° 397.913, a prestar declaración indagatoria;

Que habida cuenta de las constancias obrantes se le formuló el cargo administrativo;

Que la Junta de Disciplina acordó con el cargo formulado;

Que clausurada la etapa probatoria y otorgado el plazo para alegar el agente presentó

su alegato;

Que concluida la etapa sumarial la Dirección de Sumarios de la Procuración General

de la Ciudad dictaminó por IF-2017-11663955-DGSUM, sancionar con cesantía al

agente Víctor Blanca, por haber sido responsable del cargo formulado, infringiendo el

artículo 6°, incisos \\\'c\\\' y \\\'d\\\' del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593) y los

deberes establecidos en los puntos 3 y 4 del artículo N° 183 del Reglamento Escolar

(Resolución N° 4.776-MEGC/06) quedando aprehendida su conducta en las

previsiones del artículo N° 36, inciso f del citado ordenamiento;

Que la Junta de Disciplina en nueva intervención mediante Dictamen identificado como

Informe N° IF-2017- 20684317-DGCDO, coincidió con la sanción segregativa

aconsejada por la Dirección de General de Sumarios de la Procuración General de la

Ciudad;

Que atento a ello corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo que

aplique la sanción de cesantía por haber sido hallado responsable del cargo formulado

en el Sumario N° 350/14;

Que, conforme surge de los actuados, el docente Víctor Blanca, D.N.I. N° 27.226.621 -

F.C. N° 397.913, no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la

Ley Nacional N° 23.551;

Que tomó intervención en los presentes actuados la Dirección General de

Coordinación Legal e Institucional.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía al agente Víctor Blanca, D.N.I. N° 27.226.621 -

F.C. N° 397.913, por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el

sumario 350/14, infringiendo el artículo 6°, incisos \\\'c\\\' y \\\'d\\\' del Estatuto del Docente

(Ordenanza N° 40.593) y los deberes establecidos en los puntos 3 y 4 del artículo N°

183 del Reglamento Escolar (Resolución N° 4776-MEGC/06) quedando aprehendida

su conducta en las previsiones del artículo N° 36, inciso f del citado ordenamiento.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Educación y

por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del

Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la Ciudad. Notifíquese al

agente Víctor Blanca, D.N.I. N° 27.226.621 - F.C. N° 397.913, en los términos del

artículo N° 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos

Aires, haciéndole saber que contra el presente y dentro del plazo de diez (10) días

podrá interponer el recurso previsto en el artículo N° 50 de la Ordenanza N° 40.593 o

el recurso previsto en el artículo N° 464 del Código Contencioso Administrativo y

Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -

Miguel