RESOLUCIÓN 2 2020 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 3-IUS-19 - APRUEBA LICENCIATURA EN SEGURIDAD AMBIENTAL- CICLO DE COMPLEMENTACIÓN CURRICULAR - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Publicación:

04/03/2020

Sanción:

21/02/2020

Organismo:

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD


VISTO Las Leyes N° 24.521 y N° 5.689, las Resoluciones N° 1/IUS/18 y N° 3/IUS/19, y

el Expediente Electrónico N° 7114767/IUS/20;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 5.689 se creó el Instituto Universitario de Seguridad, como

institución de educación superior con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y con oferta académica circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el

marco de lo dispuesto por la Ley de Educación Superior N° 24.521;

Que la Resolución N° 1/IUS/18 en su artículo 2, Anexo IF-2018-20093133-IUS,

aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional del Instituto Universitario de Seguridad

elevado al Ministerio de Educación de la Nación para su evaluación a fin de obtener la

validez nacional de las titulaciones que otorgue;

Que el Instituto Universitario de Seguridad tiene como visión posicionarse como

Institución Universitaria innovadora signada por el paradigma de seguridad humana,

con reconocimiento en el nivel jurisdiccional nacional, regional e internacional en

materia de investigación, formación e inserción de profesionales en el campo de la

seguridad;

Que el abordaje del campo de la seguridad se realiza de forma integral diseñando

planes de estudio que posean un perfil innovador y multidisciplinario integrando

diversos tipos de conocimientos originados en las ciencias jurídicas, sociales,

humanas y tecnológicas;

Que el Instituto tiene la misión de formar profesionales comprometidos con el medio

ambiente, insertos en la comunidad, comprometidos con la prevención de riesgos y

delitos ambientales, conscientes de su rol, con un claro perfil multidisciplinar signado

por la innovación, la prevención, la ética pública y los derechos humanos;

Que en este marco en el Proyecto de Desarrollo Institucional del Instituto Universitario

de Seguridad se ha previsto el dictado de la Licenciatura en Seguridad Ambiental -

Ciclo de Complementación Curricular;

Que por la Resolución N° 3/IUS/2019 se aprobó el "Ciclo Licenciatura en Seguridad

Ambiental";

Que el Ciclo de Licenciatura en Seguridad Ambiental tiene por objeto formar

profesionales competentes para abordar científicamente los problemas de la seguridad

ambiental y desarrollar destrezas y aptitudes para la comprensión de los riesgos

ambientales, desempeñándose tanto en organismos públicos como privados;

Que, asimismo, este diseño curricular se destaca particularmente por la importancia en

el desarrollo de profesionales involucrados en materia de seguridad ambiental,

conscientes de la necesidad de la promoción y protección de derechos, del acceso a la

justicia y de la prevención social de la afectación del medio ambiente;

Que la experiencia colectada en el primer año de desarrollo del ciclo permite advertir la

necesidad de efectuar ciertas adecuaciones formales al plan de estudio vigente;

Que mediante la Nota N° 07113320/SAIUS/2020 se elevó a consideración la

propuesta de un diseño curricular denominado "Licenciatura en Seguridad Ambiental-

Ciclo de Complementación Curricular", que perfecciona formalmente el Ciclo

Licenciatura en Seguridad Ambiental sin modificar el perfil profesional y los contenidos

impartidos en el trayecto ya dictado;

Que advirtiendo la pertinencia de las adecuaciones señaladas se ha de proceder al

dictado del acto administrativo correspondiente;

Que el Departamento Técnico, Administrativo y Legal ha tomado intervención

emitiendo su Dictamen Legal;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL RECTOR ORGANIZADOR

DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE

ARTICULO 1°: Dejar sin efecto la Resolución N° 3/IUS/2019 que aprueba el Ciclo

Licenciatura en Seguridad Ambiental.

ARTÍCULO 2°: Aprobar la "Licenciatura en Seguridad Ambiental- Ciclo de

Complementación Curricular", cuyo programa y contenidos se encuentran en el Anexo

(IF-7272967-IUS-20), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las

dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5813

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 10-IUS/21, sustituye el Plan de Estudios del “Ciclo de Licenciatura en Criminalística” aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución  2-IUS/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 8-IUS/21, sustituye el Plan de Estudios de la “Licenciatura en Seguridad Ambiental – Ciclo de Complementación Curricular”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución 2/IUS/20.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolucion N° 2-IUS/20 deja sin efecto la Resolución N° 3-IUS/19 que aprueba el Ciclo Licenciatura en Seguridad Ambiental.</p>