RESOLUCIÓN 2 2020 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 3-IUS-19 - APRUEBA LICENCIATURA EN SEGURIDAD AMBIENTAL- CICLO DE COMPLEMENTACIÓN CURRICULAR - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Publicación:
04/03/2020
Sanción:
21/02/2020
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
VISTO Las Leyes N° 24.521 y N° 5.689, las Resoluciones N° 1/IUS/18 y N° 3/IUS/19, y
el Expediente Electrónico N° 7114767/IUS/20;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5.689 se creó el Instituto Universitario de Seguridad, como
institución de educación superior con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y con oferta académica circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el
marco de lo dispuesto por la Ley de Educación Superior N° 24.521;
Que la Resolución N° 1/IUS/18 en su artículo 2, Anexo IF-2018-20093133-IUS,
aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional del Instituto Universitario de Seguridad
elevado al Ministerio de Educación de la Nación para su evaluación a fin de obtener la
validez nacional de las titulaciones que otorgue;
Que el Instituto Universitario de Seguridad tiene como visión posicionarse como
Institución Universitaria innovadora signada por el paradigma de seguridad humana,
con reconocimiento en el nivel jurisdiccional nacional, regional e internacional en
materia de investigación, formación e inserción de profesionales en el campo de la
seguridad;
Que el abordaje del campo de la seguridad se realiza de forma integral diseñando
planes de estudio que posean un perfil innovador y multidisciplinario integrando
diversos tipos de conocimientos originados en las ciencias jurídicas, sociales,
humanas y tecnológicas;
Que el Instituto tiene la misión de formar profesionales comprometidos con el medio
ambiente, insertos en la comunidad, comprometidos con la prevención de riesgos y
delitos ambientales, conscientes de su rol, con un claro perfil multidisciplinar signado
por la innovación, la prevención, la ética pública y los derechos humanos;
Que en este marco en el Proyecto de Desarrollo Institucional del Instituto Universitario
de Seguridad se ha previsto el dictado de la Licenciatura en Seguridad Ambiental -
Ciclo de Complementación Curricular;
Que por la Resolución N° 3/IUS/2019 se aprobó el "Ciclo Licenciatura en Seguridad
Ambiental";
Que el Ciclo de Licenciatura en Seguridad Ambiental tiene por objeto formar
profesionales competentes para abordar científicamente los problemas de la seguridad
ambiental y desarrollar destrezas y aptitudes para la comprensión de los riesgos
ambientales, desempeñándose tanto en organismos públicos como privados;
Que, asimismo, este diseño curricular se destaca particularmente por la importancia en
el desarrollo de profesionales involucrados en materia de seguridad ambiental,
conscientes de la necesidad de la promoción y protección de derechos, del acceso a la
justicia y de la prevención social de la afectación del medio ambiente;
Que la experiencia colectada en el primer año de desarrollo del ciclo permite advertir la
necesidad de efectuar ciertas adecuaciones formales al plan de estudio vigente;
Que mediante la Nota N° 07113320/SAIUS/2020 se elevó a consideración la
propuesta de un diseño curricular denominado "Licenciatura en Seguridad Ambiental-
Ciclo de Complementación Curricular", que perfecciona formalmente el Ciclo
Licenciatura en Seguridad Ambiental sin modificar el perfil profesional y los contenidos
impartidos en el trayecto ya dictado;
Que advirtiendo la pertinencia de las adecuaciones señaladas se ha de proceder al
dictado del acto administrativo correspondiente;
Que el Departamento Técnico, Administrativo y Legal ha tomado intervención
emitiendo su Dictamen Legal;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
ARTICULO 1°: Dejar sin efecto la Resolución N° 3/IUS/2019 que aprueba el Ciclo
Licenciatura en Seguridad Ambiental.
ARTÍCULO 2°: Aprobar la "Licenciatura en Seguridad Ambiental- Ciclo de
Complementación Curricular", cuyo programa y contenidos se encuentran en el Anexo
(IF-7272967-IUS-20), que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las
dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein