DECRETO 127 2020
Síntesis:
SE SANCIONA CON EXONERACIÓN - DOCENTE - JEFE DE SECCIÓN DE CICLO BÁSICO - JOSÉ LUIS AZCUA - ESCUELA DE TÉCNICA 31 DE 4 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
05/03/2020
Sanción:
02/03/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N°
3.360/68, la Resolución N° 3.070-MEGC/12, los Expedientes Nros. 2.294.016/12,
1.314.155/11, N° 1.670.787/13, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó el sumario administrativo N° 245/2012,
ordenado por Resolución N° 3070-MEGC/12 con el objeto de investigar los hechos y
deslindar las eventuales responsabilidades con respecto a presuntas irregularidades
en el desempeño docente del Sr. José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765), ocurridos en
la Escuela Técnica N° 31 Distrito Escolar N° 4;
Que abierta la instrucción prestó declaración indagatoria el agente José Luis Azcua
(D.N.I. N° 14.577.765);
Que la Dirección General de Sumarios les formuló los respectivos cargos
administrativos;
Que la Junta de Disciplina intervino en el marco de la competencia que le atribuye el
procedimiento, acordando por unanimidad con los cargos formulados;
Que se le concedió vista al imputado con el objeto de alegar, sin que efectuara
presentación alguna;
Que concluida la etapa sumarial la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de la Ciudad (mediante IF-2018-19017059-GCABA-DGSUM) dictaminó,
sancionar con exoneración al agente José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765 - F.C. N°
357.062) con arreglo a lo impuesto en el artículo N° 36 de la Ordenanza N° 40.593,
por haber transgredido las obligaciones impuestas en los incisos c) y d) del artículo N°
6 del mismo plexo normativo quedando aprehendida su conducta en las previsiones
del artículo N° 36 inciso "g" del mismo cuerpo legal;
Que la Junta de Disciplina tomó nueva intervención por dictamen Informe N°
29443707-DGCLEI/18 dictaminando la misma sanción aconsejada por la Procuración
General de la Ciudad;
Que atento a ello corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo
aplicando la sanción de exoneración;
Que, conforme surge de los actuados, el docente José Luis Azcua, D.N.I. N°
14.577.765 no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley
Nacional N° 23.551;
Que tomó intervención en los presentes actuados la Dirección General de
Coordinación Legal e Institucional.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Sanciónase con exoneración al agente José Luis Azcua, D.N.I. N°
14.577.765 por encontrárselo responsable del cargo que le fuera formulado en el
sumario N° 245/12, en su carácter de Jefe de Sección de Ciclo Básico de la Escuela
de Técnica N° 31 D.E N° 4 del Ministerio de Educación, habiendo infringido los incisos
c) y d) del artículo 6° del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593), quedando
aprehendida su conducta en la previsión contenida en el inciso g) artículo N° 36 del
citado ordenamiento.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el
Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la Ciudad.
Notifíquese a José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765) en los términos del artículo N° 63
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
haciéndole saber que contra el presente y dentro del plazo de diez (10) días podrá
interponer el recurso previsto en los artículo N° 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el
recurso previsto en el artículo N° 464 del Código Contencioso Administrativo y
Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Miguel