DECRETO 127 2020

Síntesis:

SE SANCIONA CON EXONERACIÓN - DOCENTE - JEFE DE SECCIÓN DE CICLO BÁSICO - JOSÉ LUIS AZCUA - ESCUELA DE TÉCNICA 31 DE 4 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

05/03/2020

Sanción:

02/03/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N°

3.360/68, la Resolución N° 3.070-MEGC/12, los Expedientes Nros. 2.294.016/12,

1.314.155/11, N° 1.670.787/13, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramitó el sumario administrativo N° 245/2012,

ordenado por Resolución N° 3070-MEGC/12 con el objeto de investigar los hechos y

deslindar las eventuales responsabilidades con respecto a presuntas irregularidades

en el desempeño docente del Sr. José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765), ocurridos en

la Escuela Técnica N° 31 Distrito Escolar N° 4;

Que abierta la instrucción prestó declaración indagatoria el agente José Luis Azcua

(D.N.I. N° 14.577.765);

Que la Dirección General de Sumarios les formuló los respectivos cargos

administrativos;

Que la Junta de Disciplina intervino en el marco de la competencia que le atribuye el

procedimiento, acordando por unanimidad con los cargos formulados;

Que se le concedió vista al imputado con el objeto de alegar, sin que efectuara

presentación alguna;

Que concluida la etapa sumarial la Dirección General de Sumarios de la Procuración

General de la Ciudad (mediante IF-2018-19017059-GCABA-DGSUM) dictaminó,

sancionar con exoneración al agente José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765 - F.C. N°

357.062) con arreglo a lo impuesto en el artículo N° 36 de la Ordenanza N° 40.593,

por haber transgredido las obligaciones impuestas en los incisos c) y d) del artículo N°

6 del mismo plexo normativo quedando aprehendida su conducta en las previsiones

del artículo N° 36 inciso "g" del mismo cuerpo legal;

Que la Junta de Disciplina tomó nueva intervención por dictamen Informe N°

29443707-DGCLEI/18 dictaminando la misma sanción aconsejada por la Procuración

General de la Ciudad;

Que atento a ello corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo

aplicando la sanción de exoneración;

Que, conforme surge de los actuados, el docente José Luis Azcua, D.N.I. N°

14.577.765 no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley

Nacional N° 23.551;

Que tomó intervención en los presentes actuados la Dirección General de

Coordinación Legal e Institucional.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sanciónase con exoneración al agente José Luis Azcua, D.N.I. N°

14.577.765 por encontrárselo responsable del cargo que le fuera formulado en el

sumario N° 245/12, en su carácter de Jefe de Sección de Ciclo Básico de la Escuela

de Técnica N° 31 D.E N° 4 del Ministerio de Educación, habiendo infringido los incisos

c) y d) del artículo 6° del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593), quedando

aprehendida su conducta en la previsión contenida en el inciso g) artículo N° 36 del

citado ordenamiento.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el

Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e

Institucional Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la Ciudad.

Notifíquese a José Luis Azcua (D.N.I. N° 14.577.765) en los términos del artículo N° 63

de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

haciéndole saber que contra el presente y dentro del plazo de diez (10) días podrá

interponer el recurso previsto en los artículo N° 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el

recurso previsto en el artículo N° 464 del Código Contencioso Administrativo y

Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -

Miguel