En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.217, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su sesión del 27 de noviembre de 2003. Dése al registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo.
El presente Decreto es refrendado por el Señor Secretario de Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana y el Señor Jefe de Gabinete. IBARRA - López - Fernández