RESOLUCIÓN 1553 1997
Síntesis:
FIJA EL 30-5-97 COMO VENCIMIENTO ESPECIAL PARA EL PAGO DE LA 3° CUOTA DEL EJERCICIO 1997 DE LA CONTRIBUCIONES DE A.B.L.T.P.YA. Y LEY N° 23514, A CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL SISTEMA DE PAGO POR DÉBITO AUTOMÁTICO
Publicación:
03/06/1997
Sanción:
21/05/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Carpeta interna N° 7.446-DGRyEl-97, y la facultad conferida a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario por el artículo 18 del Decreto N° 471-GCBA-96 (B.O. N° 66 de fecha 6-11-96), y
CONSIDERANDO:
Que razones operativas hacen indispensable establecer la fecha de vencimiento especial para el pago de la cuota 3° del ejercicio 1997 de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras, y Ley N° 23.514, de las partidas pares e impares correspondientes a contribuyentes adheridos al sistema de débito automático.
Que resulta conveniente fijar a tal efecto, el 30 de mayo de 1997, a fin de asegurar la remisión del archivo pertinente a las entidades bancarias y facilitar la cancelación por los obligados al pago.
Por ello, en ejercicio de las facultades mencionadas;
Artículo 1° - Fíjase el 30-5-97 como vencimiento especial para el pago de la cuota 3° del ejercicio 1997 de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras, y Ley N° 23.514, para las partidas pares e impares correspondientes a contribuyente adheridos al sistema de pago por débito automático.
Art. 2° - Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara en día no laborable para el Gobierno de la Ciudad o entidades bancarias, el vencimientos respectivo se producirá el primer día hábil siguiente.
Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento hágase saber a las distintas Dependencias de esta Dirección General y a las entidades bancarias.