RESOLUCIÓN 122 2020 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

CREACIÓN - PROGRAMA BUENOS AIRES APRENDE - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE GOBIERNO 

Publicación:

13/03/2020

Sanción:

10/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Ministerios

N° 6.292, Los Decretos Nros. 578/16 y 463/19 y el Expediente Electrónico N°

8.414.310/GCABA-DGRPM/2020, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Ministerio de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires fomentar, profundizar y afianzar el vínculo con los Estados Provinciales y

Municipales;

Que por la Ley N° 6.292, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo N° 2° de la referida Ley contempla entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo al Ministerio de Gobierno;

Que de acuerdo al artículo 25 de la referida Ley, se encuentran dentro de las

facultades otorgadas a este Ministerio de Gobierno, coordinar y proponer las

relaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado

Nacional, los Estados Provinciales y los Municipios; intervenir junto a los Ministerios,

Secretarías y Entes correspondientes, en la elaboración de la legislación, cuando sea

necesaria la coordinación con organismos federales y provinciales, así como también

proponer e intervenir, conjuntamente con los Ministerios, Secretarías y Entes

correspondientes, en la gestión y elaboración de los Convenios que se suscriban con

la Nación, Provincias y/o Municipios;

Que en sentido concordante, está dentro de las facultades de este Ministerio de

Gobierno coordinar la participación de los distintos Ministerios, Secretarías y Entes en

la actividad de las representaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las

Provincias y Regiones en que se establecieren, entendiendo en la difusión y

promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y

todo otro de interés para la Ciudad;

Que de acuerdo al Decreto N° 463/19, en la órbita de este Ministerio se encuentra la

Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios, dependiente de la

Subsecretaria de Gobierno, la cual tiene dentro de sus responsabilidades primarias la

de proponer iniciativas que contribuyan a forjar vínculos con funcionarios de los

distintos gobiernos locales y provinciales, representantes legislativos y dirigentes

políticos y sociales del interior del país, e interactuar con los representantes de

organizaciones no gubernamentales, universidades, organizaciones profesionales,

partidos políticos y la sociedad civil de las provincias, en temas relativos a su área de

competencia;

Que, en esta inteligencia, el mencionado Decreto, establece dentro de la órbita de este

Ministerio, la responsabilidad de impulsar y coordinar, con las áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires competentes, proyectos y programas de

cooperación federal, así como también participar en la gestión y elaboración de los

convenios de cooperación recíproca que se suscriban con el Estado Nacional, las

Provincias y Municipios;

Que, partiendo de la fuerte convicción de que el intercambio y el diálogo son

herramientas fundamentales para el desarrollo de una gestión pública más

transparente, eficiente y participativa, resulta necesario establecer un marco

institucional que permita profundizar los espacios de colaboración que viene llevando a

cabo este Gobierno en materia económica, cultural, científica, turística que se genera

a partir de esta relación con otras jurisdicciones, entendiendo que resulta un factor

esencial para el fortalecimiento de los lazos federales entre las Provincias, Municipios

y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en igual sentido, resulta necesario potenciar la gestión del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a través del aprendizaje de experiencias innovadoras de

gestión pública y prácticas de buen gobierno que se lleven a cabo de modo exitoso en

otras jurisdicciones del país;

Que por otro lado, la Ley N° 6.292, establece que son funciones comunes a todos los

Ministros, intervenir en la definición de las políticas y de las estrategias del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también en la asignación de

prioridades y en la aprobación de planes, programas y proyectos;

Que por otro lado, establece que en materia de su competencia, corresponde a los

Ministros desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento del Plan General de

Acción de Gobierno, coordinar con los demás Ministerios los asuntos de interés

compartido de modo que las propuestas resultantes constituyan soluciones integradas

que armonicen con la política general y sectorial del gobierno, e intervenir en las

actividades de cooperación nacional e internacional en las materias de sus

competencias específicas;

Que, en virtud de lo señalado, resulta conveniente crear el programa "Buenos Aires

Aprende" bajo la órbita de la Dirección General Relaciones con las Provincias y

Municipios de la Subsecretaria de Gobierno de este Ministerio de Gobierno;

Que conforme el Decreto N° 578/2016 el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,

Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,

en el marco de sus respectivas competencias.

Por ello, en uso de las facultades que lo son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el Programa "Buenos Aires Aprende", el que funcionará bajo la

órbita de la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios dependiente

de la Subsecretaría de Gobierno de este Ministerio de Gobierno.

Artículo 2°. - El Programa creado por el artículo 1° de la presente Resolución, tendrá

los siguientes objetivos:

a) Enriquecer los lazos federales de cooperación institucional con las Provincias y

Municipios, y profundizando los vínculos existentes, a través del intercambio recíproco

de políticas públicas innovadoras y gestión de gobierno.

b) Potenciar la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través

del aprendizaje de experiencias innovadoras de gestión pública y prácticas de buen

gobierno que se lleven a cabo en otras jurisdicciones del país.

c) Promover relaciones de cooperación con el Estado Nacional, los Estados

provinciales y municipales para replicar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

aquellos proyectos y políticas públicas que hayan sido implementados de manera

exitosa en otras jurisdicciones.

d) Coordinar las acciones de intercambio e implementación que resulten necesarias

para una adecuada ejecución del presente Programa, entre las diferentes áreas del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las diferentes jurisdicciones.

e) Generar instancias concretas de participación de actores no gubernamentales para

fortalecer la gestión pública.

Artículo 3°. - Encomiendese a la Dirección General Relaciones con las Provincias y

Municipios, o la que en el futuro la reemplace, dependiente de la Subsecretaria de

Gobierno, la reglamentación del Programa creado por el articulo 1° de la presente

Resolución.

Artículo 4°. - El gasto que demande la implementación del Programa creado por el

artículo 1° de la presente resolución, se imputará a las partidas presupuestarias

correspondientes.

Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la

Subsecretaria de Gobierno de este Ministerio de Gobierno. Para su conocimiento y

fines pertinentes, remitase a la Dirección General Relaciones con las Provincias y

Municipios. Cumplido, archívese. Screnci Silva