RESOLUCIÓN 33 2020 SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
Síntesis:
SE APRUEBA - MODELO DE DECLARACIÓN JURADA - PERSONA QUE SOLICITE EL INGRESO - HOGARES DE RESIDENCIA PERMANENTE - SE ENCOMIENDA - DIRECCIONES GENERALES DEPENDIENTES - PROMOVER - RECOMENDACIONES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD - RESOLUCIONES DEL MINISTERIO DE SALUD - RELATIVAS A LAS MEDIDAS DE HIGIENE PREVENTIVAS DEL VIRUS COVID-19 - SE SUSPENDEN - ACTIVIDADES - TALLERES - EVENTOS - CAPACITACIONES - PROGRAMADOS POR LA SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES Y SUS DEPENDENCIAS - SE SUSPENDEN - ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN LOS CENTROS DE DÍA - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
Publicación:
17/03/2020
Sanción:
12/03/2020
Organismo:
SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Resolución
Conjunta N° 1-2020-MDHYHGC, los Decretos 463/GCABA/2019 y 20/AJG/2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado, con fecha 11 de marzo
de 2020 que el Coronavirus (COVID-19) es considerado pandemia a nivel mundial;
Que el mencionado organismo internacional ha recomendado a aquellas personas que
hayan visitado áreas donde se extendiera el referido virus, que permanezcan en sus
casas y eviten el contacto con otras;
Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y
control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población, y en
especial en las personas mayores;
Que por Resolución Conjunta N° 1-MDHYHGC-2020, se delegó en la Secretaría de
Integración Social para Personas Mayores, dependiente del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat, el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e
interpretativas que requiera la aplicación de la citada resolución;
Que, por el Decreto 463/GCABA/2019 se aprobó la estructura organizativa del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Decreto N° 20/AJG/2020 el Señor Sergio Gabriel Costantino fue ratificado -a
partir del 10 de Diciembre del 2019- como titular de la Secretaría de Integración Social
para Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, corresponde a la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, entre
otras competencias, la de diseñar e implementar políticas para la asistencia integral,
protección de derechos, inclusión social y acceso a nuevas tecnologías a las personas
mayores;
Que, como las personas mayores conforman un universo vulnerable, es importante
tomar las medidas que mitiguen los riesgos de contagios para este grupo etario;
Que, asimismo, y teniendo en cuenta la propagación del virus en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y en el país, corresponde resguardar la salud de los adultos mayores
de 65 años y tomar las medidas preventivas;
Que así las cosas, corresponde suspender preventiva y precautoriamente las
actividades, talleres, eventos, capacitaciones en las cuales participaren adultos
mayores, con el fin de evitar la propagación del virus.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el modelo de Declaración Jurada, para toda persona que
solicite el ingreso a los Hogares de Residencia Permanente, el cual se adjunta como
Anexo I (IF-2020- 9097520-DGDAP), a la presente resolución.
Artículo 2°.- Encomiendase a las Direcciones Generales dependientes, a promover las
recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, y las resoluciones del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relativas a
las medidas de higiene preventivas del virus COVID-19.
Artículo 3°.- Encomiendase a las Dirección Generales dependientes, a realizar las
campañas de difusión pertinentes con el objeto de dar cumplimiento al artículo
precedente.
Artículo 4°.- Suspéndase las actividades, talleres, eventos y capacitaciones
programados por la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores y sus
Direcciones Generales dependientes, hasta tanto se disponga lo contrario, según
recomendaciones brindadas por el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 5°.- Suspéndase preventivamente las actividades programadas en los Centros
de Día, dependientes de la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria, y
establézcase una guardia a fin de dar información correspondiente, de lunes a viernes
en el horario de 11.30 a 13 horas.
Artículo 6°.- Recomiéndase a todos los Centros de Jubilados y Pensionados y
establecimientos donde residan personas mayores a evitar encuentros, reuniones y
actividades, propiciando que las personas mayores eviten asistir a todo tipo de
espacios concurridos, y a adoptar medidas de higiene preventivas.
Artículo 7°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, Dirección General de Dependencias de Atención
Primaria, Dirección General de Promoción e Inclusión Social, Dirección General de
Protección y Desarrollo Sostenible. Cumplido, archívese. Costantino