RESOLUCIÓN 733 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNA MONTO A LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - INMEDIATA RESPUESTA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19 - DESIGNA RESPONSABLES - FONDOS - PRESUPUESTO

Publicación:

20/03/2020

Sanción:

16/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley N° 70 (Texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 491/18,

la Resolución N° 97-MEFGC/19, la Disposición N° 61-DGCG/19, la Disposición N° 26-

DGCG/19, la Resolución N° 1082-MHFGC/20 y, el EE. N° 2020-9312150-GCABA-

SSASS y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 70 (Texto consolidado según Ley N° 6.017) se fijaron los Sistemas

de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 491/18, reglamentado por la Resolución N° 97-MEFGC/19, se

aprobó el régimen para la asignación de fondos de aplicación en las jurisdicciones,

Organismos Descentralizados, dependencias y reparticiones del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Disposición N° 26-DGCG/19 se aprobó el procedimiento para la solicitud,

asignación y rendición de fondos en concepto de Caja Chica Especial;

Que por Disposición N° 61-DGCG/19 se aprobaron las partidas del clasificador por

objeto del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia

con lo establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de

la Resolución N° 97-MEFGC/19;

Que por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaría de Administración del Sistema de

Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS UN MILLON ($

1.000.000,00), en una (1) única entrega, a fin de garantizar la inmediata respuesta a

las eventualidades que pudieran surgir frente a los acontecimientos de público

conocimiento y para el fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, ante el

posible avance y/o transmisión del virus COVID-19;

Que en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/19 del Decreto N°

491/18 se estableció, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u

Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el

marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 1082-MHFGC/20, el

Ministerio de Hacienda y Finanzas incrementó el monto máximo a asignar, establecido

en las Resoluciones N° 355 y 407-MHFGC/20;

Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptúese a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 9312150-

GCABA-SSASS-20, que será otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto

fijado por la presente Resolución, del plazo de rendición de sesenta (60) días

estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo

realizar la misma a la finalización del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que

suceda con anterioridad";

Que, mediante IF N° 9436909-DGTALMHF/20, la Subgerente Operativa de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de

manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad

Ministerial, como así también se contempló la distribución a efectivizar en una (1)

única entrega, en el 1° trimestre del año en curso;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463/19.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/18 y, en

atención a los términos de la Resolución N° 1082-MHFGC/20,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Asígnese a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, la

suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00), a efectivizarse en una (1) única

entrega, sin límite de monto por comprobante, en concepto de Caja Chica Especial, a

fin de garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que pudieran surgir frente

a los acontecimientos de público conocimiento y para el fortalecimiento del Sistema

Público de la Ciudad, ante el posible avance y/o transmisión del virus COVID-19.

Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00), en

una (1) única entrega, en el 1° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición

documentada de su inversión.

Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°

del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/19, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Artículo 4°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 5°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los

Fondos al Titular de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud al Lic.

Nicolás Montovio DNI N° 30.860.157, CUIL N° 23-30860157-9 y a la Sra. María

Celeste Chain, DNI N° 25.682.408, CUIL N° 27-25682408-1, debiendo depositar los

mismos en la cuenta N° 9064/1 - Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires,

correspondiente al Beneficiario 76.322.

Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que

dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la Subsecretaría de

Administración del Sistema de Salud para su conocimiento y demás efectos. González

Bernaldo de Quirós