RESOLUCIÓN 733 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE ASIGNA MONTO A LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - INMEDIATA RESPUESTA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19 - DESIGNA RESPONSABLES - FONDOS - PRESUPUESTO
Publicación:
20/03/2020
Sanción:
16/03/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley N° 70 (Texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 491/18,
la Resolución N° 97-MEFGC/19, la Disposición N° 61-DGCG/19, la Disposición N° 26-
DGCG/19, la Resolución N° 1082-MHFGC/20 y, el EE. N° 2020-9312150-GCABA-
SSASS y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 70 (Texto consolidado según Ley N° 6.017) se fijaron los Sistemas
de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 491/18, reglamentado por la Resolución N° 97-MEFGC/19, se
aprobó el régimen para la asignación de fondos de aplicación en las jurisdicciones,
Organismos Descentralizados, dependencias y reparticiones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 26-DGCG/19 se aprobó el procedimiento para la solicitud,
asignación y rendición de fondos en concepto de Caja Chica Especial;
Que por Disposición N° 61-DGCG/19 se aprobaron las partidas del clasificador por
objeto del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia
con lo establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de
la Resolución N° 97-MEFGC/19;
Que por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en
concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaría de Administración del Sistema de
Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS UN MILLON ($
1.000.000,00), en una (1) única entrega, a fin de garantizar la inmediata respuesta a
las eventualidades que pudieran surgir frente a los acontecimientos de público
conocimiento y para el fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, ante el
posible avance y/o transmisión del virus COVID-19;
Que en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/19 del Decreto N°
491/18 se estableció, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas
reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u
Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el
marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;
Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 1082-MHFGC/20, el
Ministerio de Hacienda y Finanzas incrementó el monto máximo a asignar, establecido
en las Resoluciones N° 355 y 407-MHFGC/20;
Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:
"Exceptúese a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 9312150-
GCABA-SSASS-20, que será otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto
fijado por la presente Resolución, del plazo de rendición de sesenta (60) días
estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo
realizar la misma a la finalización del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que
suceda con anterioridad";
Que, mediante IF N° 9436909-DGTALMHF/20, la Subgerente Operativa de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de
manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad
Ministerial, como así también se contempló la distribución a efectivizar en una (1)
única entrega, en el 1° trimestre del año en curso;
Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo
con lo establecido en el Decreto N° 463/19.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/18 y, en
atención a los términos de la Resolución N° 1082-MHFGC/20,
Artículo 1°. - Asígnese a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, la
suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00), a efectivizarse en una (1) única
entrega, sin límite de monto por comprobante, en concepto de Caja Chica Especial, a
fin de garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que pudieran surgir frente
a los acontecimientos de público conocimiento y para el fortalecimiento del Sistema
Público de la Ciudad, ante el posible avance y/o transmisión del virus COVID-19.
Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00), en
una (1) única entrega, en el 1° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición
documentada de su inversión.
Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°
del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/19, toda vez que se encuentra
fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.
Artículo 4°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes
retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.
Artículo 5°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los
Fondos al Titular de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud al Lic.
Nicolás Montovio DNI N° 30.860.157, CUIL N° 23-30860157-9 y a la Sra. María
Celeste Chain, DNI N° 25.682.408, CUIL N° 27-25682408-1, debiendo depositar los
mismos en la cuenta N° 9064/1 - Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
correspondiente al Beneficiario 76.322.
Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que
dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la Subsecretaría de
Administración del Sistema de Salud para su conocimiento y demás efectos. González
Bernaldo de Quirós