RESOLUCIÓN COMUNAL 10040647 2020 COMUNA 6
Síntesis:
SE AUTORIZA LIBRE CIRCULACIÓN - AGENTES - COMUNA 6 - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - PERSONAL ESENCIAL
Publicación:
20/03/2020
Sanción:
19/03/2020
Organismo:
COMUNA 6
VISTO: La Ley N° 1.777, el Decreto DNU 2020-1-GCABA-AJG, el DECTO 2020-147-
GCABA-AJG, la RESFC 2020-7-GCABA-MJGGC, la Acordada Electoral N° 12/19
(Anexo III), el Expediente Electrónico N° 10008702-GCABA-COMUNA6/2020, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto DNU 2020-1-GCABA-AJG declaró la Emergencia Sanitaria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los
fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);
Que el DECTO 2020-147-GCABA-AJG determinó aquellas reparticiones que son de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la referida pandemia, y
por su artículo 3 facultó al Jede de Gabinete de Ministros y al titular del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a determinar las áreas cuyos servicios serán considerados
esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante
la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;
Que en consecuencia se dictó la RESFC 2020-7-GCABA-MJGGC que determinó
mediante su Anexo I (IF 2020-9824433-GCABA-SSGRH) aquellas áreas consideradas
esenciales para la comunidad, entre las que se encuentran las quince comunas que
integran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta necesario designar a los agentes que serán los encargados de desarrollar
las tareas esenciales e inherentes a las Unidades referidas en el Considerando
anterior, a los efectos de prevenir, reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del virus COVID-19 (Coronavirus); dotándolos de las facultades necesarias
para su libre circulación en la jurisdicción de la Comuna 6 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y su tránsito hacia la misma a los efectos de prestar servicio;
Que mediante la Acordada Electoral N° 12/19 (Anexo III) se me designó como
presidente de la Junta Comunal 6, a partir del 10 de diciembre de 2019.
Por ello, y en uso de las competencias que le son propias,
Artículo 1°.- Autorízase a los agentes mencionados en el Anexo I (IF-2020-10039909-
GCABA-COMUNA6), cuyos servicios son considerados esenciales para la comunidad
y el funcionamiento de la administración pública durante la subsistencia de la situación
epidemiológica vigente (COVID-19), a la libre circulación hacia y dentro de la
jurisdicción de la Comuna 6.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ballan