RESOLUCIÓN COMUNAL 10040647 2020 COMUNA 6

Síntesis:

SE AUTORIZA  LIBRE CIRCULACIÓN - AGENTES - COMUNA 6 - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - PERSONAL ESENCIAL

Publicación:

20/03/2020

Sanción:

19/03/2020

Organismo:

COMUNA 6


VISTO: La Ley N° 1.777, el Decreto DNU 2020-1-GCABA-AJG, el DECTO 2020-147-

GCABA-AJG, la RESFC 2020-7-GCABA-MJGGC, la Acordada Electoral N° 12/19

(Anexo III), el Expediente Electrónico N° 10008702-GCABA-COMUNA6/2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto DNU 2020-1-GCABA-AJG declaró la Emergencia Sanitaria en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los

fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que el DECTO 2020-147-GCABA-AJG determinó aquellas reparticiones que son de

máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la referida pandemia, y

por su artículo 3 facultó al Jede de Gabinete de Ministros y al titular del Ministerio de

Hacienda y Finanzas a determinar las áreas cuyos servicios serán considerados

esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante

la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;

Que en consecuencia se dictó la RESFC 2020-7-GCABA-MJGGC que determinó

mediante su Anexo I (IF 2020-9824433-GCABA-SSGRH) aquellas áreas consideradas

esenciales para la comunidad, entre las que se encuentran las quince comunas que

integran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta necesario designar a los agentes que serán los encargados de desarrollar

las tareas esenciales e inherentes a las Unidades referidas en el Considerando

anterior, a los efectos de prevenir, reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus); dotándolos de las facultades necesarias

para su libre circulación en la jurisdicción de la Comuna 6 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y su tránsito hacia la misma a los efectos de prestar servicio;

Que mediante la Acordada Electoral N° 12/19 (Anexo III) se me designó como

presidente de la Junta Comunal 6, a partir del 10 de diciembre de 2019.

Por ello, y en uso de las competencias que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 6

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase a los agentes mencionados en el Anexo I (IF-2020-10039909-

GCABA-COMUNA6), cuyos servicios son considerados esenciales para la comunidad

y el funcionamiento de la administración pública durante la subsistencia de la situación

epidemiológica vigente (COVID-19), a la libre circulación hacia y dentro de la

jurisdicción de la Comuna 6.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ballan


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829