RESOLUCIÓN 713 2020 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO

Síntesis:

PRORROGA - HASTA 31 DE JULIO 2020 INCLUSIVE - PLAZO ESTIPULADO DECRETO 625/09- EMPLEADORES CON DOMICILIO LEGAL - ESTABLECIMIENTOS LOCALIZADOS CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CUMPLIMIENTO CARGA DE INFORMACIÓN REQUERIDA - REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE - EJERCICIO FISCAL 2019 - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO

Publicación:

25/03/2020

Sanción:

17/03/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO


VISTO: Las Leyes N° 265, N° 6.292, el Decreto N° 463/GCABA/19 y el N°

625/GCBA/09; la Resolución N° 1894/SSTIYC/17; el EX 2020-9486874-GCABA-

DGEMP;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 265 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), se establecen las

competencias de la Autoridad Administrativa de Trabajo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la de llevar un registro de empleadores;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al de Desarrollo Económico y Producción;

Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/19, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaria de Trabajo,

Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;

Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias

de la citada Subsecretaría la de "Diseñar, establecer e implementar políticas, planes,

programas y proyectos inherentes al poder de policía, registros, rúbricas, relaciones y

condiciones de trabajo y de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 625/GCBA/09 se creó el "Registro de Empleadores On line" de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose que el período para que los

empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires den cumplimiento con la carga de información solicitada

por el Registro, sea entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año calendario;

Que por Resolución N° 1894/SSTIYC/2017 se estableció el reempadronamiento en el

"Registro de empleadores On Line" para todos los empleadores con domicilio legal o

establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante un

cronograma determinado por la cantidad de trabajadores que emplea cada empleador;

Que atento a encontrarse próximo el vencimiento del plazo establecido mediante el

Decreto N° 625/GCBA/09, y en línea con la emergencia pública en materia sanitaria

establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus

COVID-19 y atendiendo la solicitud de distintos actores sociales, entre los que se

encuentra el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, conviene necesario

prorrogar los plazos establecidos en la normativa vigente;

Que como consecuencia de lo expuesto, y a fin de que los empleadores den

cumplimiento con la carga de información solicitada por el Registro correspondiente al

ejercicio fiscal 2019, resulta necesario prorrogar el plazo estipulado en el artículo 2 del

Decreto N° 625/GCBA/09, hasta el día 31 de julio del corriente año, inclusive.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de julio del año 2020 inclusive, el plazo

estipulado para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de

información requerida por el "Registro de Empleadores On line" correspondiente al

ejercicio fiscal 2019.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Empleo. Cumplido, archívese. Jarvis

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 713-SSTIYC/20, prorroga hasta el día 31 de julio del año 2020 inclusive, el plazo estipulado para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de información requerida por el Registro de Empleadores On line correspondiente al ejercicio fiscal 2019, como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 713-SSTIYC/20 prorroga el plazo establecido en el Artículo 2 del Decreto 625/09, en relación al cumplimiento con la carga de información solicitada por el Registro de Empleadores On line correspondiente al ejercicio fiscal 2019</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 930-SSTIYC-20 prorroga hasta el  30 de septiembre del año 2020 inclusive, el plazo<br />estipulado para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de información requerida por el Registro de Empleadores On line ejercicio fiscal 2019, modificando lo establecido por la Resolución 713-SSTIYC-20.</p>