DISPOSICIÓN 33 2020 DIRECCION GENERAL PROMOCION E INCLUSION SOCIAL
Síntesis:
SE SUSPENDEN POR EL PRESENTE AÑO - ACCIONES DE CAPACITACIÓN - JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN - EN MATERIA GERONTOLÓGICA - MODALIDAD PRESENCIAL -MIENTRAS SUBSISTA LA EMERGENCIA SANITARIA - SE PRORROGA VIGENCIA DE LAS CREDENCIALES DE ASISTENTES GERONTOLÓGICOS - SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - CUYO VENCIMIENTO OPERE ENTRE EL 1 DE MARZO Y EL 30 DE ABRIL 2020 HASTA EL 30 DE ABRIL - SE SUSPENDE LA ATENCIÓN PRESENCIAL DEL PÚBLICO PARA LOS ASISTENTES GERONTÓGICOS - LAS ACTIVIDADES - TALLERES - EVENTOS - VOLUNTARIADOS - VISITAS DE TURISMO - PRACTICAS PRE-PROFESIONALES Y CAPACITACIONES PROGRAMADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL - GERENCIAS OPERATIVAS - SESUSPENDEN - ACTIVIDADES - EN TODOS LOS CENTROS DE JUBILADOS YPENSIONADOS - ESTABLECIMIENTOS DONDE RESIDAN PERSONAS MAYORES - CENTROS DE DÍA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID -19
Publicación:
26/03/2020
Sanción:
18/03/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL PROMOCION E INCLUSION SOCIAL
Promulgación:
VISTO: Ley N° 5.671, Decreto 463/GCABA/19, Decreto N° 507/GCABA/19, Resolución
N° 33/GCABA-SECISPM/2020 y el Expediente Electrónico N° 09717217-GCABA-
DGPEIS/2020 y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 463/2019, se aprueba la estructura orgánico funcional
dependiente del poder ejecutivo del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se
modifica la estructura organizativa del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la cual pertenece Dirección
General Promoción e Inclusión Social dependiente de la Secretaría de Integración
Social para Personas Mayores que tiene entre sus responsabilidades primarias
desarrollar programas que promuevan la participación social y comunitaria de las
personas mayores en los centros de jubilados y pensionados y otras organizaciones
de la sociedad civil;
Que, por Decreto N° 507/GCABA/2019 la licenciada Natalia Muti es confirmada a partir
del 10 de diciembre del 2019, como Directora General de la Dirección General
Promoción e Inclusión Social dependiente de la Secretaría de Integración Social para
Personas Mayores del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;
Que, esta Dirección General Promoción e Inclusión Social entre sus competencias
tiene la de "Diseñar e implementar programas que fomenten la recreación y el buen
uso del tiempo libre de las personas mayores, desarrollar programas y acciones
educativas, socio-culturales, deportivas y de asistencia para promover la participación
activa de las personas mayores, desarrollar programas que promuevan la participación
social y comunitaria de las personas mayores en los centros de jubilados y
pensionados y otras organizaciones de la sociedad civil", entre otras responsabilidades
primarias;
Que, así también, por Ley N° 5.671 se reguló la actividad de los Asistentes
Gerontológicos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estableció
como Autoridad de Aplicación de la misma, al Ministerio de Hábitat y Desarrollo
Humano a través de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores,
definiéndose sus funciones y atribuciones;
Que, en razón de ello, esta Dirección General de Promoción e Inclusión Social posee
entre sus misiones y funciones desarrollar e implementar el curso inicial de Asistente
Gerontológico Institucional, los ciclos formativos gerontológicos y la actualización de
contenidos específicos y Administrar el Registro Único y Obligatorio de Asistentes
Gerontológicos y la acreditación de las instituciones formativas (UF);
Que por razones de emergencia sanitaria, con las respectivas consecuencias que ello
implica, corresponde tomar las medidas necesarias tendientes a preservar la salud del
personal, especialmente de aquellas que realizan atención al público;
Que, en ese sentido por Resolución N° 33-GCABA-SECISPM/2020 el Secretario de
Integración Social para Personas Mayores resuelve, entre otras decisiones, suspender
las actividades, talleres, eventos y capacitaciones programados por la Secretaría de
Integración Social para Personas Mayores y sus Direcciones Generales dependientes;
Que, como las personas mayores conforman un universo vulnerable, es importante
tomar las medidas que mitiguen los riesgos de contagios para este grupo etario;
Que, asimismo, corresponde resguardar la salud de los adultos mayores de 60 años y
tomar las medidas preventivas;
Que así las cosas, corresponde suspender preventiva y precautoriamente las
actividades, talleres, eventos, capacitaciones, y en especial, en las cuales participaren
adultos mayores, con el fin de evitar la propagación del virus;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Suspéndase en el presente año las acciones de capacitación, como así
también, las jornadas de actualización en materia gerontológica en su modalidad
presencial, mientras subsista la emergencia sanitaria.
Artículo 2°.- Prorróguese la vigencia de las credenciales de asistentes gerontológicos
otorgadas por la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores cuyo
vencimiento opere entre el 1 de marzo y el 30 de abril del corriente, hasta el 30 de
abril. prorrógase de manera excepcional por sesenta (60) días corridos -decreto de
necesidad y urgencia n.° 1/20- aplicar análogamente lo que decretó el Poder Ejecutivo
para las licencias de conducir x ej. o mientras subsista la emergencia sanitaria.
Artículo 3°.- Suspéndase la atención presencial del público para los asistentes
gerontógicos, mientras subsista la emergencia sanitaria, toda consulta se resolverá vía
mail: acreditacionag@gmail.com y telefónicamente al 5030-9740, en el horario habitual
de atención.
Artículo 4°.- Suspéndase las actividades, talleres, eventos, voluntariados, visitas de
turismo, practicas pre-profesionales y capacitaciones programados por la Dirección
General Promoción e Inclusión Social, y sus Gerencias Operativas dependientes,
mientras subsista la emergencia sanitaria, según recomendaciones brindadas por el
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Suspéndase, mientras subsista la emergencia sanitaria, preventivamente
las actividades que realizamos en todos los Centros de Jubilados y Pensionados y
establecimientos donde residan personas mayores, Centros de Día, etc. a evitar
encuentros, reuniones y actividades, propiciando que las personas mayores eviten
asistir a todo tipo de espacios concurridos, y a adoptar medidas de higiene
preventivas.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, Secretaria de Integración Social para Personas
Mayores, Dirección General de Dependencias y Atención Primaria, Dirección General
de Protección y Desarrollo Sostenible. Cumplido, archívese. Muti