RESOLUCIÓN 1232 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - ETAPA ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN - CONCURSO PUBLICO ABIERTO - INHUMADOR - TRAMO INICIAL - DIRECCIÓN GENERAL ESPACIOS VERDES Y CEMENTERIOS - SUBSECRETARÍA GESTIÓN COMUNAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MODIFICA ARTICULOS 7 Y 8 DEL ANEXO I - RESOLUCIÓN 617-MHFGC/20  -METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LOS ANTECEDENTES CURRICULARES Y LABORALES 

Publicación:

26/03/2020

Sanción:

19/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20, el

Decreto N° 147-GCABA-AJG/20, la Resolución de firma conjunta N° 7-GCABA-

MJGGC/20, la Resolución N° 617-GCABA-MHFGC/20, el Expediente Electrónico N°

2020-5.782.154-GCABA-DGCLAP y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 617-GCABA-MHFGC/20 se llamó a Concurso Público

Abierto de Antecedentes y Oposición, para la cobertura de catorce (14) vacantes del

puesto Inhumador, en el tramo inicial, para la Dirección General Espacios Verdes y

Cementerios, dependiente de la Subsecretaría Gestión Comunal de la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20 declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de

2020;

Que en ese contexto, el Decreto N° 147-GCABA-AJG/20 estableció que diversas

áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires son de máxima esencialidad e

imprescindibles durante la vigencia de la pandemia COVID-19 (Coronavirus);

Que por Resolución de firma conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20, se determinó que la

Dirección General Espacios Verdes y Cementerios, se encontraba entre aquellas

consideradas esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración

pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;

Que las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas de

prevención y control adoptadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, alteraron el normal desarrollo de la etapa de entrega de documentación del

precitado proceso concursal, no pudiendo completarse la misma conforme lo

planificara el Comité de Selección designado en dicho proceso;

Que a los fines de evitar al máximo el contacto entre personas y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), deviene

necesario adoptar medidas que brinden efectividad y celeridad a los procesos que

garanticen la prestación de los servicios esenciales durante la vigencia de la pandemia

COVID-19 (Coronavirus).

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la etapa "Entrega de Documentación" del concurso

convocado por Resolución N° 617-GCABA-MHFGC/20, debiendo tenerse por no

acreditada aquella documentación que a tales efectos hubiera sido presentada.

Artículo 2°.- Exímese en el marco del concurso convocado por Resolución N° 617-

GCABA-MHFGC/20 la sustanciación de la etapa "Entrega de Documentación".

Artículo 3°.- Modificase el art. 7° del Anexo de la Resolución N° 617-GCABA-

MHFGC/20, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Metodología de

evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. En función de lo previsto en el

artículo 42 del Anexo a la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19, la metodología de

evaluación de los antecedentes curriculares y laborales será la que a continuación se

detalla:

Artículo 4°.- Fijase en dos (2) días corridos el plazo previsto en los artículos 45 y 49 del

Anexo I a la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19 para el concurso convocado por

Resolución N° 617-GCABA-MHFGC/20.

Artículo 5°.- Modifíquese el artículo 8° del Anexo de la Resolución N° 617-GCABA-

MHFGC/20, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Las impugnaciones

previstas en el artículo 8° del Anexo I a la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19,

deberán presentarse por correo electrónico a la dirección

concursosgcaba@buenosaires.gob.ar, bajo apercibimiento de tenerlas por no

presentadas".

Artículo 6°.- Establécese que el tratamiento de las impugnaciones contempladas en el

artículo precedente, deberá diferirse a la oportunidad en que se resuelvan las

presentaciones previstas en el artículo 49 del Anexo I a la Resolución N° 2835-

GCABA-MEFGC/19.

Artículo 7°.- Exímase, en el marco del concurso convocado por Resolución N° 617-

GCABA-MHFGC/20, del cumplimiento del plazo establecido en el párrafo tercero del

artículo 43 del Anexo I a la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19.

Artículo 8°.- Establécese que la etapa "Entrevista Personal" del concurso convocado

por Resolución N° 617-GCABA-MHFGC/20, deberá efectuarse dentro de los diez (10)

días hábiles contados desde la suscripción de la presente.

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

portal web https://concursosgcaba.buenosaires.gob.ar. Comuníquese a la Dirección

General Espacios Verdes y Cementerios, a la Subsecretaría Gestión Comunal, ambas

dependientes de la Secretaria Atención Ciudadana y Gestión Comunal del Ministerio

de Jefatura de Gabinete de Ministros, y a las Direcciones Generales Planificación y

Control Operativo y Desarrollo del Servicio Civil, ambas dependientes de la

Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos de este Ministerio, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Concursos, Legales y

Asuntos Previsionales dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos de este Ministerio. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resoluciòn 1232-MHFGC/20 déja sin efecto la etapa Entrega de Documentación del concurso convocado por Resolución 617-MHFGC/20.</p><p>Art. 3 modifica el Art. 7 del Anexo I.</p><p>Art. 5 modifica el Art. 8 del Anexo I.</p>