DISPOSICIÓN 10 2020 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

SE PRORROGA  INICIO DE CLASES - CURSOS  PROGRAMA DE INGRESO A LA GASTRONOMÍA PIG - EDICIÓN 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO GASTRONOMICO

Publicación:

07/04/2020

Sanción:

03/04/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 297/PEN/2020 y su modificatorio

325/PEN/20, la Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/GCABA/19, la Resolución Nacional N°

108-APN-ME/20, las Resoluciones Nros. 59/MDEPGC/20 y 1482/MEDGC/20, las

Disposiciones Nros. 7/DGDGAS/20 y 9/DGDGAS/20, el Expediente Electrónico N° EX-

2020-06302760-GCABA-SSBC y;

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial, declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren

en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

en los términos indicados en el mencionado decreto, desde el 20 hasta el 31 de marzo

inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se

considere necesario en atención a la situación epidemiológica;

Que en ese sentido, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20 prorrogó el

plazo al que se hizo referencia en el considerando precedente hasta el día 12 de abril

del 2020 inclusive;

Que tal situación tornó imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que la Resolución N° 1482/MEDGC/20 adhirió a los términos establecidos por la

Resolución Nacional N° 108-APN-ME/20 del Ministerio de Educación de la Nación, y

estableció la suspensión del dictado de clases y cursos presenciales en todos los

niveles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por catorce (14) días corridos a partir

del 16 de marzo de 2020;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción;

Que por el Decreto N° 463/GCABA/19 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires hasta el nivel de Dirección General, contemplándose a la Dirección General de

Desarrollo Gastronómico dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano

dentro del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que dicha Dirección tiene entre sus responsabilidades primarias las de proponer

políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a fomentar y potenciar la

actividad gastronómica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de realizar

estudios específicos respecto del comportamiento de los porteños en el ámbito

gastronómico;

Que por su parte, la Resolución 59/MDEPGC/20 aprobó las Bases y Condiciones del

Programa de Ingreso a la Gastronomía (PIG) Edición 2020;

Que en ese marco, mediante la Disposición N° 7/DGDGAS/20 se declaró abierta la

primera convocatoria de los cursos impartidos en el marco del precitado Programa,

con inicio de clases a partir del 16 de marzo de 2020;

Que mediante Disposición N° 9/DGDGAS/20 esta Dirección General de Desarrollo

Gastronómico postergó el inicio de clases del precitado Programa, por catorce (14)

días corridos a partir del 16 de marzo de 2020;

Que en virtud de la ampliación del plazo del aislamiento social, preventivo y obligatorio

establecido en el precitado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, resulta

necesario postergar el inicio de clases correspondientes a los cursos del primer

bimestre por un plazo de doce (12) días corridos a partir del 31 de marzo de 2020,

pudiendo extenderse automáticamente dicho plazo hasta tanto se levante la medida

de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el mencionado Decreto.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Disposición N°

9/DGDGAS/20 vinculado con el inicio de clases correspondientes a los cursos del

primer bimestre del Programa de Ingreso a la Gastronomía (PIG) Edición 2020, por

doce (12) días corridos contados a partir del 31 de marzo de 2020, pudiendo

extenderse automáticamente dicho plazo hasta tanto se levante la medida de

aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el DNU N° 325/PEN/20.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a las Instituciones Capacitadoras, Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y

Cafés (AHRCC), Asociación de Propietarios Pizzerías, Casas de Empanadas y

Actividades Afines (APPYCE), Restraining S.R.L. (CAVE), Padiales S.R.L. y

Maxisistemas S.R.L.; y para su conocimiento remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Tahier

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 1 de la Disposcion 10-DGDGAS-20 prorroga plazo establecido en artículo 1 de la Disposición  9-DGDGAS-20.<br /> </p>