LEY 1200 2003

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LA LEY 342 - RÉGIMEN APLICABLE A LOS VEHÍCULOS ABANDONADOS EN LA VÍA PÚBLICA QUE PONEN EN PELIGRO LA SALUD DE LA POBLACIÓN LA SEGURIDAD PÚBLICA Y AFECTAN EL MEDIO AMBIENTE- AUTOMÓVILES- DECLARACIÓN DE PELIGROSIDAD- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Publicación:

07/01/2004

Sanción:

27/11/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/12/2003

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modifícase el artículo 1°, de la Ley N° 342, que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1° - Ámbito de aplicación. Declaración de Peligrosidad.

Los vehículos automotores o sus partes que sean hallados en lugares de dominio público en estado de deterioro y/o inmovilidad y/o abandono implican un peligro para la salud o la seguridad pública o el medio ambiente y quedan sujetos al procedimiento establecido en la presente Ley"

Artículo 2° - Comuníquese, etc.Caram - Alemany

Buenos Aires, 2 de enero de 2004.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.200 (Expediente N° 78.606/2003), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de noviembre de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el día 30 de diciembre de 2003.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1200, modifica el artículo 1 de la Ley 342.</p>