DECRETO 181 2020

Síntesis:

SE RATIFICA ADENDA CONTRACTUAL - CONTRATO INTERADMINISTRATIVO - PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA - ART - COBERTURA DE RIESGOS DEL TRABAJO - PERSONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO 

Publicación:

15/04/2020

Sanción:

13/04/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley Nacional N° 26.773, su decreto reglamentario,, los Decretos N° 333/11,

N° 621/12, N° 493/14, N° 453/16, N° 21/2017 y N° 217/17,Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1/20, el Expediente 10.444.843/DGCYC/2020, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente tramitó la contratación de una Aseguradora de Riesgos del

Trabajo para la prestación de la Cobertura de Riesgos del Trabajo del personal del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se suscribió el Contrato Interadministrativo entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.,

ratificado mediante Decreto N° 333/11;

Que, por Decreto N° 621/12, se ratificó la Adenda Contractual modificatoria del objeto

del Contrato Interadministrativo citado, a fin de incluír en la cobertura de riesgos del

trabajo al personal de la Policía Metropolitana, dependiente del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que, a raíz de la sanción de la Ley Nacional N° 26.773, se suscribió con la compañía

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. una Adenda para aplicar una

nueva alícuota sobre la masa salarial, habiéndose dictado su ratificación mediante

Decreto N° 493/14;

Que, reducción de la alícuota del contrato y una modificación en lo atinente a los

exámenes preocupacionales e incapacidades laborales temporarias, mediante Adenda

que fuera ratificada por Decreto N° 453/16;

Que, en virtud del "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en todas las materias no

Federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", se incorporaron al

Gobierno de la Ciudad aproximadamente veinte mil (20.000) agentes desde el 1 de

enero de 2017, dando lugar a la suscripción de una nueva Adenda, ratificada mediante

Decreto N° 21/17;

Que, por Decreto N° 217/17, se ratificó la Adenda Contractual que extendiera la

vigencia del contrato interadministrativo por un plazo de treinta y seis (36) meses,

contados a partir de la 00:00 horas del día 1° de Abril de 2017;

Que, atento a la declaración de la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, los

recursos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se vieron afectados a

las acciones y medidas tendientes a prevenir y mitigar la propagación de la situación

epidemiológica por lo que se ha solicitado a la compañía Provincia Aseguradora de

Riesgos del Trabajo S.A., que evalúe la posibilidad de una reducción de la alícuota del

citado contrato;

Que, consecuentemente, la mencionada compañía accedió a la petición de reducción

de la alícuota vigente, ofreciendo una nueva alícuota de 1,7% (uno coma siete por

ciento);

Que, ello originó la suscripción de una nueva Adenda entre Provincia Aseguradora de

Riesgos del Trabajo S.A. y el señor Ministro de Hacienda y Finanzas, ad-referendum

del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando la

alícuota actual;

Que, en consecuencia y atento lo actuado, es necesario dictar el acto administrativo

que ratifique la Adenda contractual que nos ocupa;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida

intervención de su competencia, conforme los términos de la Ley N° 1218.

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los Artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase la Adenda Contractual del Contrato Interadministrativo

celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia

Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., que como Anexo I (IF N° 11349126-

DGCyC-2020) forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y

Finanzas para su conocimiento y a fin de notificar fehacientemente a Provincia

Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5848

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 181-20 ratifica la Adenda nro. 11349126-20 modificatoria del contrato interadministrativo oportunamente ratificado por Decreto 333-11.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 181-20  ratifica la adenda contractual modificatoria de la alícuota del contrato interadministrativo oportunamente suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A</p>