RESOLUCIÓN 174 2020 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

PRÓRROGA DE PLAZOS - PAGO DE CUOTAS - PLANES DE FACILIDADES DE PAGO - LEYES 5616 - 6195 - 27 DE ABRIL DE 2020 - COVID - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN MORA - DIFERENCIAS DE EMPADRONAMIENTO DE INMUEBLES - IMPUESTOS Y TRIBUTOS

Publicación:

23/04/2020

Sanción:

22/04/2020

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LAS LEYES Nros 5616 (BOCBA N° 4961) Y 6195 (BOCBA N° 5703) Y LOS

(BORA N° 34344) Y 355/PEN/2020 (BORA N° 34353), Y

CONSIDERANDO:

Que por medio de las Leyes mencionadas se han establecido diferentes Planes de

Facilidades de Pago respecto de, entre otras, las obligaciones tributarias en mora

vinculadas con diferencias de empadronamiento de inmuebles;

Que a partir de la aparición de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), el Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha adoptado múltiples medidas preventivas y

de contralor con el objetivo de reducir el riesgo de propagación del contagio de la

citada enfermedad;

Que mediante los Decretos Nacionales N° 325/PEN/2020 y N° 355/PEN/2020 se ha

prorrogado, hasta el día 26 de abril del corriente año inclusive, el aislamiento social,

preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto originalmente por el Decreto N°

297/PEN/2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por la Pandemia

del Coronavirus (COVID-19);

Que como consecuencia de las restricciones impuestas por la Emergencia Sanitaria,

considerando las modalidades de cancelación de los acogimientos a los Planes de

Facilidades de Pago regulados por las Leyes Nros 5.616 y 6.195 respecto de las

obligaciones tributarias en mora derivadas de diferencias de empadronamiento de

inmuebles, resulta necesario proceder a prorrogar el vencimiento de las cuotas de

dichos regímenes hasta el día 27 de abril del corriente año.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 16 de la Ley N° 5.616

y el artículo 20 de la Ley N° 6.195,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 27 de abril de 2020, el plazo para el pago de las

cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por las Leyes Nros 5.616 y

6.195, exclusivamente respecto de los acogimientos por los cuales se regularizan

obligaciones tributarias en mora derivadas de diferencias de empadronamiento de

inmuebles, cuyos vencimientos operaron en el período comprendido entre los días 20

de marzo y 26 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección

General de Planificación y Control, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las

Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal y demás áreas dependientes de

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido, archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 174-AGIP-20 prorroga  hasta el día 27 de abril de 2020, el plazo para el pago de las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por las Leyes Nros 5.616 y 6.195, que fueran fijados por Resolución 469-AGIP-16.</p>